Prisión preventiva para siete imputados por numerosos hechos delictivos y asesinatos en la ciudad.
Uno de los cabecillas de la banda que está detenido serían Héctor Daniel “El Gordo Dany”.
Desde el Ministerio Público de la Acusación informaron que se realizaron las audiencias imputativas a siete detenidos en los allanamientos realizados días atrás luego de la muerte de Fabicio Guiral en nuestra ciudad un domingo por la tarde en la puerta de su casa.
El informe indica que en las audiencias realizadas el día martes 5 de abril y continuación el miércoles 6 de abril en el Centro de Justicia Penal de Rosario se imputó a miembros de una Asociación Ilícita que realizaba hechos delictivos en Villa Gobernador Gálvez.
La Jueza de Primera Instancia Dra. Silvia Castelli tuvo por formalizada la audiencia imputativa dictando para todos los imputados la prisión preventiva efectiva por el plazo de ley.
Las Fiscales Dras. Valeria Haurigot y Lorena Aronne les imputaron los siguientes hechos y calificaciones legales:
IMPUTADOS Y CALIFICACIÓN LEGAL:
1) Héctor Daniel N.: Jefe/organizador de Asociación Ilícita en carácter de AUTOR.
2) Rodrigo B.: Jefe/organizador de Asociación Ilícita en carácter de AUTOR.
3) David M.: Miembro de Asociación Ilícita en carácter de AUTOR.
4) Nahuel L.: Miembro de Asociación Ilícita en carácter de AUTOR.
5) Emanuel F.: Miembro de Asociación Ilícita en carácter de AUTOR.
6) Germán F.: Miembro de Asociación Ilícita en carácter de AUTOR.
7) Rocio T.: Miembro de Asociación Ilícita en carácter de AUTOR.
– Hechos atribuidos:
Se les atribuye a los imputados formar parte de una asociación o banda con permanencia en el tiempo destinada a cometer múltiples delitos indeterminados tales como usurpaciones, robos, disparos con armas de fuego a personas e inmuebles, intimidaciones, amenazas, extorsiones, adquisición y entrega de armas de fuego y de material balístico, ataques contra la integridad física de personas, tales como homicidios y lesiones, y adquisición y venta de estupefacientes, todo lo cual se evidencia desde el 11/02/20 fecha en que se produce un hecho de abuso de armas y lesiones en el domicilio de Matias L. pareja de Daiana G., donde resulta lesionada con arma de fuego una menor de edad -19/02/20, continuando con el hecho de un enfrentamiento armado entre Hector N. y su banda y Daiana G. en el domicilio de Monte Hermoso al 900 de Villa Gobernador Galvez donde intervinieron distintos actores pertenecientes a su organización 19/02/20-. Luego de estos hechos sucedieron una seguidilla de hechos violentos que tuvieron a los mismos como participantes entre los que se menciona el homicidio de Sebastian Martin B. -19./02/20, homicidio de Ariel Esteban «Jerry» G. y Fernando Gaspar R. -4/08/20-, el homicidio de Mauricio F. 31/08/20 y el homicidio de Rodrigo Carlos S. 19/03/20, y que continúan hasta la actualidad.
La organización criminal está conformada por una multiplicidad de sujetos que actúan de manera coordinada, en constante cooperación, y con roles específicos, liderada por Héctor N. y por Rodrigo B.. Ambos se encargaron de dirigir los diversos hechos delictivos, tanto por las órdenes impartidas como por el manejo de recursos para la actividad delictiva; tales como material estupefaciente, dinero, automotores, motocicletas, nafta, celulares, municiones y armas de fuego.
Héctor N. y Rodrigo B. son la cabeza de la organización investigada, y se mantiene vigente aún después de sus detenciones en fecha 06/08/20, Héctor N. y el 29/04/2020 Rodrigo B.. Estos roles se evidencian de manera implícita cuando se los observa impartir órdenes a las diferentes personas que se encuentran debajo suyo en la estructura, y se explicita en diversas comunicaciones que cumplen en forma oportuna con sus órdenes. A partir de sus detenciones y su situación actual de encierro, los diversos delitos se fueron ordenando con el uso prohibido de celulares dentro del servicio penitenciario, incluso desde el teléfono fijo que se encuentra desde el Pabellon N° 27 de la U 11, utilizando a distintos miembros como herramienta para los distintos encargos.
Dentro de la banda dirigida por Héctor N. y Rodrigo B. encontramos a David M. actualmente también en situación de encierro acusado por los delitos de portación de armas de fuego y por Homicidio, siendo el mismo un miembro con un rol determinante dentro de la organización criminal atento que es el encargado de organizar la venta de estupefacientes y su recaudación para lo cual cuenta con distintos actores de la banda a fin de lograr los cometidos, y la guarda y ocultamiento de elementos derivados de delitos. Junto a los mismos se encuentran por lo menos veinte sujetos más, no todos identificados a la fecha,.
ROLES DE LOS IMPUTADOS DETENIDOS:
- A) Se le atribuye a Hector N. y a Rodrigo B. (ambos alojados en la Unidad 11 de Piñero), ser los jefes/organizadores de la asociación ilícita, impartiendo órdenes precisas a distintos miembros de la banda que se encuentran cumpliendo prisión preventiva en la el pabellón N° 7 de Piñero , como así también a personas que se encuentran en estado de libertad, sobre actividades delictivas a cometer a fin de mantener la comercialización de estupefacientes dentro del territorio de VGG, para cual ordenan la comisión de distintos delitos, con la particularidad que lo hace desde el teléfono fijo ubicado dentro del Pabellón donde se encuentran alojados, mediante el uso de tarjeta de telefonía.
- B) Se le atribuye a David M., alojado en el Pabellón n.º 7 de la U. 11 Piñero, ser miembro de la asociación ilícita, el que utilizando distintas líneas telefónicas, se dedica a extorsionar a distintas personas, mandar a dejar notas amenazantes, o mandar a concretar balaceras a domicilios o comercios con el fin de recaudar dinero en efectivo, usurpar domicilios o tomar bienes de las personas amenazadas, a fin de cumplimentar las ordenes de los jefes y mantener el territorio y expansión del mismo para la venta de estupefacientes.
- C) Se le atribuye a Nahuel L., ser miembro de la asociación ilícita, el que se encarga de realizar las tareas delictivas encomendadas por los jefes y David M. extorsionando e intimidando mediante amenazas y el uso de arma de fuego a las víctimas.
- D) Se le atribuye a Rocio T., ser miembro de la asociación ilícita, cumpliendo la función de hacer las notas extorsivas, comercializar estupefacientes, realizar las cobranzas de las extorsiones y de la venta de estupefacientes como asimismo ocultar los elementos recaudados, disposición de teléfonos celulares desde donde los diversos actores acuerdan la comisión de los hechos delictivos y la venta y guarda de material estupefaciente.
- E) Se le atribuye a German F., ser miembro de la asociación ilícita, siendo éste el encargado de llevar las notas extorsivas escritas por Rocio T., a los domicilios indicados por David M., como así también es el encargado de comunicar directamente a las víctimas con el mismo David M. mediante el uso de un celular, a fin de lograr una mayor intimidación y lograr el fin propuesto.
- F) Se le atribuye a Emanuel F, ser miembro de la asociación ilícita, quien se encargaría de depositar en los domicilios de las víctimas, las notas con mensajes extorsivos, a fin de lograr el fin propuesto.
IMPUTACIONES POR HECHOS DE AMENAZAS Y BALACERAS
*Nahuel L.: Extorsión consumada en carácter de coautor.
*David M.: Extorsión consumada en carácter de coautor.
- Hecho atribuido:
En fecha 8 de febrero de 2022 haber realizado amenazas hacia la víctima través de mensajes de texto por mensajería Whatsapp y por llamadas desde un numero telefónico, el cual era utilizado por el nombrado y por Gastón L. Estas comunicaciones fueron realizadas desde el pabellón N.º 7 de la U11 de Piñero donde ambos estaban alojados.
Como consecuencia de las amenazas la víctima entrego su motocicleta Suzuky AX 100, celular y una suma de $20.000, el día 9 de febrero de 2022 aproximadamente a la 1.00 en calles Saavedra y Alem de la ciudad de Villa Gob. Gálvez”
*A David M. se le imputan los siguientes 8 hechos y sus respectivas calificaciones legales
- David M.: 1) Extorsión en grado consumado en carácter de AUTOR ; 2) Extorsión consumada en carácter de AUTOR; 3) Extorsión consumada en carácter de AUTOR; 4) Amenazas coactivas en carácter de AUTO; 5) Extorsión en tentativa en carácter de AUTOR; 6) Amenazas coactivas en carácter de AUTOR; 7) Extorsión en tentativa en carácter de AUTOR; 8) Extorsión consumada en carácter de AUTOR.
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1 Hecho atribuido:
«Haber intimidado a una mujer, mediante la red social Facebook, utilizando Ud. el usuario “Estubandido”, para obligarla a entregar la suma de $100.000 en efectivo y un televisor Smart TV, diciéndole que sino le iban a matar a un familiar. Logrando así que la víctima hiciera entrega de un celular marca Samsung A10, a una persona aún no identificada que serviría de intermediario entre la víctima y Ud. Hecho cometido en fecha 10/10/2021 en el horario aproximado de las 14,30 hs en la ciudad de Villa Gob. Galvez (donde la víctima le entregó el teléfono a un hombre que describe como anciano y que portaba un arma de fuego, y que luego se retiró a bordo de un auto remiseen el que iba como pasajero).
- 2 Hecho atribuido:
«Haber intimidado a la víctima mediante interposita persona no identificada que le hizo escuchar un audio que decía: “Tenes que pagar porque te vamos a tirotear la casa” dejándole también una carta manuscrita requieriendole dinero para luego llamarla a su número de teléfono celular desde el Pabellón n.º 7 de la Unidad Penitenciaria n.º 11 de Piñero donde se encuentra alojado-, para obligarla a entregar una suma de dinero a cambio de no balearle su domicilio. Logrando así que la víctima hiciera entrega de la suma de $50.000 a una persona aún no identificada que serviría de intermediario entre la víctima y Ud. Hecho cometido en fecha 08/11/2021 en un domicilio de Villa Gobernador Gálvez (donde dejan la nota y donde residía la víctima al momento del hecho).
- 3 Hecho atribuido:
«En fecha 22/01/2022 a las 05:45 hs aproximadamente, en la ciudad de Villa Gob. Galvez, haber intimidado a dos víctimas mediante dos cartas manuscritas, una de ellas acompañada con un cartucho intacto 9×19 mm dejadas por interposita persona no individualizada y llamadas telefónicas desde el número utilizado -desde el Pabellón n.º 7 de la Unidad Penitenciaria n.º 11 de Piñero donde se encuentra alojado-, para obligarlos a entregar una suma de dinero y una motocicleta, a cambio de no dañar a un familiar, logrando así que las víctimas, en la fecha y siendo aproximadamente las 18:00hs, hicieran entrega de la motocicleta marca Yamaha XTZ 125ED, en calle 17 de Octubre y Maipú de VGG, donde el imputado les indicara que dejen estacionado el vehículo y se retiren.”
- 4 Hecho atribuido:
«Haber amenazado a la víctima mediante la red de mensajería Whatsapp, desde un numero de teléfono utilizado por David M -desde el Pabellón n.º 7 de la Unidad Penitenciaria n.º 11 de Piñero donde se encuentra alojado-, diciéndole “Te voy a matar, tengo fotos tuyas y de tu casa, conozco tus movimientos” “Esta noche paso y te cago a tiros tu casa”, identificándose como “David de la Granada” “devolveme lo que me deben sino queres pagar el pato” . Hecho cometido en fecha 25/01/2022 , en el horario aproximado de las 14,00 hs mientras la víctima se encontraba en su domicilio.
- 5 Hecho atribuido:
«Haber intimidado al a otra víctima, mediante la red de mensajería Whatsapp, a su número telefónico desde un numero telefónico utilizado -desde el Pabellón n.º 7 de la Unidad Penitenciaria n.º 11 de Piñero donde se encuentra alojado-, diciéndole “contestá el mensaje que te dejamos en la puerta” y posteriormente exigirle “que pague o le agarraban a tiros el local”. No logrando su cometido por la rápida denuncia efectuada por la víctima en sede policial. Hecho ocurrido en fecha 28/01/2022 a las 23,00 hs aproximadamente, en el domicilio de donde residía la víctima al momento de recibir los mensajes.”
- 6 Hecho atribuido:
«Haber amenazado a dos personas mediante dos notas manuscritas las cuales decían “ si no te comunicas conmigo te vamos a tocar a tu hijo o a tu marido. Te vamos a cerrar el local. La próxima tiro” “comunicate conmigo, último aviso” dejando en ambas el número telefónico utilizado por el imputado -desde el Pabellón n.º 7 de la Unidad Penitenciaria n.º 11 de Piñero donde se encuentra alojado-. Hecho ocurrido en fecha 30/01/2022 a las 21,00 hs aproximadamente y el 01/02/2022 a las 16.00 hs aproximadamente, en el domicilio de VGG, donde las víctimas tienen un comercio y dejaron las notas amenazantes.”
- 7 Hecho atribuido:
«Haber intimidado a una persona, mediante la entrega de una nota manuscrita por parte de Germán F., a quién el imputado ordenó que se acercara tanto al domicilio de la víctima como al local comercial que éste posee y entregara la nota con lo requerido. En las siguientes circunstancias de modo tiempo y lugar: En fecha 08/02/2022 a las 17 hs aproximadamente, en un domicilio de VGG donde residía la víctima, se presenta German F. a bordo de una bicicleta playera color azul, ante la negativa del mismo el llamado German F. y atento sus indicaciones se dirige al local comercial en la misma ciudad y una vez en el lugar hace entrega a la empleada del comercio de una nota que decía. “Decile a xxx y a xxx que se comuniquen a éste número, porque le vamos a cerrar el comercio”, llamándolo luego a través del celular que tenía G.F por vídeo llamada de whatsapp y exhibirle a la misma la imagen de una persona masculina que estaba presa. No logrando su cometido por la resistencia de las víctimas.”
– 8 Hecho atribuido:
«Haber amenazado a una persona, logrando que la misma dejara su casa de VGG, En las siguientes circunstancias de tiempo modo y lugar: En fecha 20/02/2022 a las 05:00am aproximadamente, haber dejado por una interposita persona no identificada una carta manuscrita por debajo de la puerta del domicilio de la víctima, la que decía “Comunicate hurgente ante que sea peor solo wsp. ” número telefónico utilizado por David M desde el Pabellón n.º 7 de la Unidad Penitenciaria n.º 11 de Piñero donde se encuentra alojado-. Posteriormente el día 21/02/2022 a las 05:00 hs aproximadamente, haberle dejado por interposita persona no identificada otra carta manuscrita que rezaba “Comunicate urgente o plomo. Último aviso.” , luego en fecha 22/02/2022 alrededor de las 16:00 hs mediante la red de mensajería Whatsapp, desde un numero telefónico, que también es utilizado por David M. desde el Pabellón n.º 7 de la Unidad Penitenciaria n.º 11 de Piñero, obligando a entregar la casa donde vivía o la suma de $200.000. Logrando así que la mujer por el temor causado abandonara el domicilio.
*Rocio T.: amenazas coactivas y amenazas calificadas para compeler que haga abandono de su casa en carácter de AUTOR
Hecho atribuido:
Haber amenazado a la víctima diciéndole que iba a matarla a ella y a sus hijos si no le devolvían la plata que debían. En las siguientes circunstancias de tiempo modo y lugar. En fecha 19/09/21 haber concurrido al domicilio de la víctima en la localidad de Villa Gobernador Gálvez a las 20 hs. aproximadamente, en compañía de cuatro sujetos más no identificados y a haberle dicho que le entregara la suma de $ 300.000 o su casa exhibiendole desde su teléfono celular una videollamada de una persona de sexo masculino que estaba preso quien le dijo que hablaba de parte de los Canteros, y expresamente le manifestó «decile a tu hijo que me devuelva todo lo que se llevó y sino me das la plata me das la casa, te doy dos horas”.
*Cristian F.: Extorsión en tentativa en carácter de Partícipe necesario
Hecho atribuido:
Haber intimidado a la persona damnificada mediante la entrega de una nota manuscrita en cumplimiento de las ordenes impartidas por su consorte David M. , para que vaya al domicilio de la víctima como al local comercial que éste posee y entregara la nota con lo requerido. En las siguientes circunstancias de modo tiempo y lugar: En fecha 08/02/2022 a las 17 hs aproximadamente, en un domicilio de la ciudad de Villa Gob. Galvez donde residía la víctima, el imputado se presenta a bordo de una bicicleta playera color azul, pidiéndole a la víctima que recibiera una nota, ante la negativa del mismo se dirige al local comercial y una vez en el lugar hace entrega a la empleada del comercio de una nota que decía. “Decile que se comuniquen a éste número, porque le vamos a cerrar el local”, exhibiéndole luego una llamada de vídeo de whatsapp con la imagen de una persona masculina que estaba presa. No logrando su cometido por la resistencia de las víctimas.