Nueva sesión virtual del Concejo Municipal de Rosario.

Durante cuatro horas y 40 minutos, los ediles rosarinos votaron diversos mensajes enviados por el Departamento Ejecutivo relacionados con la pandemia del coronavirus Covid-19. También prorrogaron la integración de los directorios del Banco Municipal y del LEM.

Presidida por la titular del cuerpo, María Eugenia Schmuck, quien estuvo en el recinto del Palacio Vasallo, junto al secretario general Administrativo, Mariano Roca, a cargo también de la Secretaría General Parlamentaria, el Concejo Municipal de la ciudad de Rosario realizó su segunda sesión a través de teleconferencia, donde se aprobaron diversos mensajes remitidos por el intendente municipal, Pablo Javkin, vinculados a la pandemia, a los que se sumaron la prórroga de los mandatos de las autoridades del Banco Municipal de Rosario y del Laboratorio de Especialidades Medicinales (LEM).

Banco Municipal y LEM

En el primer tramo de la sesión los ediles votaron prorrogar a partir del 7 de mayo próximo y hasta el 5 de julio el mandato de las actuales autoridades del Banco Municipal de Rosario.
Votaron a favor 24 ediles, mientras que se abstuvieron los integrantes de la bancada de Ciudad Futura-FSP.

Se expresaron sobre el tema los ediles/as Carlos Cardozo y Alejandro Rosselló, de Juntos por el Cambio; Verónica Irizar y Lorena Carbajal, del bloque Socialista; Caren Tepp, de Ciudad Futura-FSP; Daniela León, de la Unión Cívica Radical/Juntos por el Cambio; Norma López, del Frente de Todos-PJ; Agapito Blanco, de Cambiemos; Marina Magnani, de Unidad Ciudadana, y María Fernanda Gigliani, de Iniciativa Popular.
En cuanto al directorio del Laboratorio de Especialidades Medicinales Sociedad del Estado Municipal se prorrogó el mandato de su directorio y síndicos hasta el 30 de septiembre.

Votaron 24 concejales y concejalas a favor y hubo 4 abstenciones, de Marina Magnani y Andrés Giménez, de Unidad Ciudadana; María Fernanda Gigliani, de IP, y Ariel Cozzoni, de Unite-Un Gol para Rosario.

Expusieron sobre el tema Fabrizio Fiatti, de Creo; Magnani, de Unidad Ciudadana; Eduardo Toniolli, del Frente de Todos-PJ y Caren Tepp, de Ciudad Futura-FSP.

Modificación del Código de Faltas

Posteriormente los ediles modificaron los artículos 602.1 y 602.2 del Código Municipal de Faltas vinculados a infracciones sobre la salud pública.

Así el 602.1 establece: “La infracción a las normas relacionadas con la prevención de las enfermedades transmisibles y en genera la falta de desinfección o destrucción de los agentes transmisores será penada con multa de 25 a 1.200 Unidades Fiscales y/o clausura de hasta 90 día y/o arresto de hasta 15 días”.

En tanto el 602.2 dispone: “La infracción a las normas que reglamentan la higiene en los locales donde se elaboran, depositan, distribuyen, manipulan, envasan o se exhiben productos alimenticios o bebidas o sus materias primas o se realice cualquier otra actividad vinculada con los mismos, así como en sus dependencias, mobiliarios o servicios sanitarios, en el uso de recipientes, elementos de guarda, envoltorios, envases o sus implementos, faltando a las condiciones higiénicas y bromatológicas, será penado con multa de 25 a 1200 UF y/o clausura hasta 90 días y/o arresto hasta 15 días.»
Se precisó que tales multas significan entre 1.500 y 72.000 pesos. Intervinieron en el debate Fabrizio Fiatti, de Creo; Susana Rueda, de Rosario Progresista y la presidenta del cuerpo, María Eugenia Schmuck.

Obligatoriedad de uso de tapabocas

Se aprobaron posteriormente diversos decretos dictados por el Departamento Ejecutivo, en todos los casos de manera unánime, aunque hubo diferentes intervenciones de los ediles.

Entre ellos el decreto Nº 484 que “establece el uso obligatorio de elementos de protección personal que cubran boca, nariz y mentón (cubrebocas) como medidas que complementen el distanciamiento social, para toda persona que utilice el transporte público, ingrese, aguarde el ingreso y/o permanezca en dependencia de atención al público, locales comerciales y/o cualquier otro espacio en el que se lleven a cabo actividades exceptuadas del aislamiento social, preventivo y obligatorio”.
Se exceptúa de tal obligación a los menores de 2 años, y a quienes estén encuadradas en el colectivo de trastorno del espectro autista.

También se prohíbe el ingreso en las unidades del transporte público, locales comerciales y entidades de atención al público a quienes no cuenten con el respectivo tapaboca.

En el decreto se recomienda el uso de dicho elemento de protección en la vía pública y en cualquier otro ámbito.

Por otra parte prohíbe en todo el ámbito de la ciudad de Rosario la comercialización de barbijos N95 a persona física que no acredite ser personal de la salud o persona jurídica que no desarrolle como actividad principal la prestación del servicio de salud.

Nichos en cementerios municipales y otros decretos

Se votaron también otros decretos emitidos por el Departamento Ejecutivo en el marco de la pandemia del coronavirus.

Así se refrendo el que determina “en el marco de las facultades establecidas en el artículo 11 de la ordenanza Nº 6.484 y por todo el tiempo que dure la emergencia sanitara, un procedimiento excepcional y provisorio para la desocupación de los nichos ubicados en los cementerios municipales, cuyo plazo de concesión de uso a perpetuidad se encuentra vencido al día de la fecha”.

En tal sentido se establece que la Dirección General de Defunciones y Cementerios llevará a cabo un relevamiento de los casos y efectuará una publicación de edictos por dos días en el diario de mayor circulación de la ciudad, a fin de que los titulares y/o interesados regularicen su situación en un plazo no mayor de 10 días corridos desde la última publicación. Cumplido dicho plazo sin hacerse efectiva la regularización la Dirección General de Defunciones y Cementerios procederá sin más trámite a la inmediata desocupación de los nichos respectivos y remitirá los restos correspondientes al osario o al crematorio, según conveniencia sanitaria.

Asimismo se aprobó un decreto que incorpora en el Programa de Salud de los Trabajadores de la Muncipalidad como enfermedad profesional a la provocada por el coronavirus Covid-19.

También se dio curso a un decreto que libera de pagar la estadía en el corralón municipal correspondiente a los días de vigencia del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” establecido por decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº 29772020 y durante sus eventuales aplazamientos, únicamente a aquellos infractores cuyos vehículos fueron ingresados con anterioridad a la vigencia del mismo, esto es antes de la 0 hora del 20 de marzo pasado por estar impedido su retiro por causas de público conocimiento y fuerza mayor.


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