Fue condenado a 8 años y seis meses de prisión «Macaco» Muñoz.

Lo dispuso el TOF 3 de Rosario, que además hizo lugar a los decomisos de bienes requeridos por el MPF. Los hechos ventilados durante el debate alcanzan a doce personas y fueron un desprendimiento del juicio conocido como «Los Patrones», que tuvo como acusados a integrantes de «Los Monos». El 20 de diciembre, la lectura de los fundamentos.

El Tribunal Oral Federal de Rosario N°3, integrado por los jueces Osvaldo Facciano, Eugenio Martínez Ferrero y Mario Gambacorta condenó hoy con penas de entre tres y nueve años de prisión a doce imputados por infracciones a la ley 23.737, en el marco del juicio seguido a una organización que comercializaba estupefacientes -mayormente marihuana- en diferentes lugares, entre ellos una cancha de futbol 5 usada como pantalla para las transacciones ilícitas. Asimismo, se pudo determinar que uno de los condenados dirigía parte de la actividad desde el Complejo Penitenciario de Piñero, y que el abastecimiento de la marihuana provenía desde Corrientes.

En línea con lo requerido por el fiscal general Federico Reynares Solari, el tribunal ordenó el decomiso de bienes -dinero en efectivo y vehículos- secuestrados y oportunamente embargados en el marco de la causa. Las mayores penas fueron impuestas a Hugo René Flores (9 años), Jesús Esquivel (9 años), Matías Carlos Herrera (8 años y 6 meses), Nicolás Alejandro Canteros (8 años y 6 meses) y Facundo “Macaco” Muñoz (8 años y 6 meses). En este último caso, el tribunal tuvo en cuenta una condena anterior, por lo que le unificó la pena en 10 años y seis meses de prisión.

También fueron condenados Mauro Matías Quinteros (7 años), Ramón Galeano (7 años), Pablo Esteban Ramírez (6 años), Luis Eugenio Romano (6 años), Máximo Biscoglio (6 años), Silvia Blanca Di Morelle (6 años) y Marlén Mansilla (3 años de ejecución condicional).

Con distintos niveles de participación según el caso, el tribunal encuadró los hechos ventilados durante el presente debate en la figura de comercio de estupefacientes agravado por la intervención de tres o más personas y, para algunos imputados, también el delito de transporte de estupefacientes.

También se hizo lugar a las remisiones solicitadas por Reynares Solari, en orden a la investigación del presunto delito de lavado de dinero cometido por Matías Herrera, y la connivencia policial de fuerzas de seguridad de la Pcia. de Santa Fe en los ilícitos cometidos. Esta información novedosa para la Fiscalía surgió de la pericia realizada sobre el celular Sony Xperia utilizado por Herrera, el cual fuera secuestrado en el allanamiento realizado en su domicilio  de la ciudad de Funes.

La causa

Tiene origen en dos líneas telefónicas que se encontraban intervenidas en la causa conocida como “Los Patrones”, de las cuales surgieron conversaciones con dos individuos (quienes luego resultaron ser Nicolás Canteros y Pablo Ramírez), la primera en relación a la provisión de estupefacientes a realizar en una cancha de futbol (luego la cancha de futbol 5 aquí determinada), y la última sobre una reunión que tendría Elías Javier Sánchez -principal proveedor de marihuana de Corrientes que abastecía a la organización de Los Patrones- con Ramírez en esta ciudad para fines de noviembre del 2015.

Surge entonces otra instancia de provisión de estupefacientes, diferente a la de Los Patrones.

El devenir de la investigación permitió identificar al resto de la banda que se dedicaba a la distribución, recepción, fraccionamiento y venta de material estupefaciente -que provendría de la provincia de Corrientes- en distintos sectores de la ciudad de Rosario. Se estableció entonces que las actividades de comercialización de estupefacientes llevadas a cabo por Nicolás Canteros eran dirigidas por Facundo “Macaco” Muñoz desde la cárcel de Piñero donde estaba recluido, y que Canteros contaba con colaboración de su pareja Marlén Mansilla en el abastecimiento a Matías Herrera y Mauro Quinteros. También fueron acusados Juan Ernesto Jesús Esquivel, Pablo Esteban Ramírez, Máximo Alberto Biscoglio, Luis Eugenio Romano y Silvia Blanca Di Morelle.

El personaje central de esta organización fue Esquivel, quien se proveía de material estupefaciente de distintos individuos, entre ellos el grupo Ramirez-Romano. Romano, nativo de Corrientes, contaba con antecedentes penales sobre infracción a la Ley 23.737 y abastecía a Ramírez desde aquella provincia, para luego éste último hacerlo con Esquivel. Luego Esquivel abastecía de dicho material a Nicolás Canteros y Matías Herrera.

Finalmente, Esquivel decide comenzar una nueva rama de provisión de material estupefaciente y para ello toma contacto con Hugo Flores, quien organizaría el transporte de estupefacientes también desde la Corrientes, siendo el chofer de dicho acontecimiento Galeano.

Pocos días antes de “la bajada”, Matias Herrera y Nicolás Canteros tomaron contacto con Esquivel para proveerse de estupefacientes, a lo cual Esquivel les dijo que estaría por llegar desde Corrientes el pedido.

Finalmente, luego de tareas de campo realizada en Corrientes, en la cual se divisó el auto manejado por Hugo Flores y el utilitario a cargo de Galeano, se inició el 31 de marzo de 2016 el seguimiento de dichos rodados, los cuales partían rumbo a Rosario. Personal de la División Antidrogas Rosario de la Policía Federal Argentina interceptó una Peugeot Partner, en la autopista Rosario-Santa Fe, a la altura del puente Serodino y el peaje del km 22, que era conducida por Jorge Ramón Galeano, quien transportaba 67 kilos de estupefacientes -marihuana- distribuidos en 85 panes de tipo ladrillos encintados, ocultos en un doble fondo. Era secundado por Hugo René Flores, quien conducía un VW Bora.

En su alegato, el representante del Ministerio Público Fiscal había requerido que Flores y Galeano sean condenados como coautores de comercio y transporte de estupefacientes agravado por la intervención de tres o más personas en forma organizada, a las penas de diez años de prisión y multas de $15.000. Misma pena solicitó para Esquivel, Herrera y Canteros como coautores de comercio de estupefacientes agravado por la intervención de tres o más personas en forma organizada; al tiempo que pidió una condena unificada para Muñoz, de doce años y multa de 15.000, ya que contaba con una condena previa impuesta por el Juzgado de Sentencia N°4 de Rosario.

También pidió que se condene, como coautores del mismo delito, a Quinteros -8 años y $10.500 de multa-, Biscoglio -7 años y multa de $10.000-; Ramírez y Romano –penas de 6 años de prisión y el mínimo de multa- y una condena de 3 años de prisión para Mansilla como partícipe secundario de comercio de estupefacientes agravado por la intervención de tres o más personas en forma organizada. Finalmente, solicitó una condena única de 6 años y 1 mes de prisión y multa de $9.000 para Di Morelle, en virtud de contar con una condena dictada por el Tribunal Oral Federal N°3 de Rosario, de junio pasado.

Asimismo, el fiscal general solicitó el decomiso de $5.095 pesos -incautados durante los procedimientos por estimar que es dinero producto de la actividad ilícita-, y de los vehículos Ford EcoSport, Volkswagen Bora, Peugeot Partner, Honda CVR y Renault 12.

Fuente: Ministerio Público Fiscal.


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