La provincia dispuso que los empleadores deberán elaborar un protocolo obligatorio de higiene y seguridad en el trabajo
El Ministerio de Trabajo de la provincia dictó una resolución en la que obliga a las empresas a elaborar un protocolo preventivo de Coronavirus. Deberán entregar elementos de protección personal y brindar información a los empleados.
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de Santa Fe dictó una resolución en la que obliga a las empresas autorizadas a funcionar a implementar un Protocolo de Prevención del Coronavirus que debe contener una evaluación de los riesgos de contagio según los puestos de trabajo, y las correspondientes medidas de prevención para evitar la transmisión y propagación de la enfermedad.
Además, los empleadores tendrán que capacitar a su personal y entregar elementos de protección personal y de prevención. Por otra parte, deberán confeccionar un Protocolo de Traslado a los lugares de trabajo, priorizando métodos alternativos que minimicen el uso del transporte público de pasajeros. A su vez, instan a promover el “teletrabajo” para aquellos empleados considerados “no esenciales” en la organización.
En este sentido, el ministro Sukerman detalló: “Con el gobernador Omar Perotti decidimos hacerlo obligatorio. Vemos que en algún punto hay un cierto relajamiento en algunos lugares, tenemos que estar más firmes, cuidar la salud de los trabajadores, y obligar a las empresas a que cumplan con esos protocolos”
Además, explicó que no habrá un protocolo único, sino que se realizarán sugerencias de acuerdo a los rubros específicos: “Si ingresan a la página de la provincia, van a encontrar diversos modelos para distintas actividades. Una cosa es tomar los principios generales, y otra cosa es adaptarlo a las lógicas de cada empresa”.
Entre las disposiciones generales cabe destacar la centralidad de revisar y adecuar los procesos productivos y/o diferentes tareas fundamentales en base a turnos de trabajo, disposición de descansos, de manera tal de garantizar las medidas de prevención recomendadas durante toda la jornada de trabajo, como son, entre otras, distancia entre personas.
En la resolución, también está previsto la elaboración de una política de limpieza general, garantizando la desinfección periódica del establecimiento, sobretodo en áreas de mayor circulación e ingreso. Asimismo, se deberá realizar un Registro de las Declaraciones Juradas de Salud de los trabajadores. Dicho formulario se adjunta a la presente resolución. El incumplimiento de esta normativa será sancionada de acuerdo a la Ley 10.468 que establece multas y suspensión de la actividad. En esta línea, desde la cartera laboral convocan a Municipios y Comunas de la provincia a fiscalizar y controlar el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la resolución.
PROTOCOLO PARA LA PRODUCCIÓN FRENTE AL COVID – 19
Los protocolos que se encuentran en la pagina web de la provincia de Santa Fe son los siguientes:
Protocolo de actuación agroalimentario
– Cosecha y acopio de granos
– Frutas y hortalizas
– Apicultura
– Tambos
– Sector agropecuario en general
– Plantas de producción de alimentos:
Sector lácteo e industrias frigoríficas.
Protocolo para empresas santafesinas
– Protocolo de trabajo seguro.
Protocolo para la implementación de corredores seguros para el transporte de cereal.
Protocolo para la implementación de corredores seguros para la logística y transporte de mercad
Protocolo para el comercio mayorista y minoristas.
Entre otras recomendaciones preventivas de carácter general, es importante mencionar que se deben desarrollar dentro de las plantas industriales y/o establecimientos productivos campañas de divulgación sobre los buenos hábitos de higiene y medidas preventivas en los ámbitos de producción.
Reforzar la rutina diaria de limpieza en los lugares de trabajo comunes, baño y vestuario, para ello, lo recomendable es el uso de alcohol 70%, lavandina, etc. Ventilar todos los ambientes tratando de favorecer ambientes secos.
Lavarse las manos frecuentemente y evitar el contacto físico, para ello, debemos mantener la distancia de al menos, 1,5mts entre personas.
Evitar compartir elementos personales. Cambiarse y lavar diariamente la ropa de trabajo.
Restringir el acceso a las industrias y/o establecimientos productivos a personas de riesgo (entre ellas, mayores de 60 años o con problemas de base respiratorias o diabetes)
Revisar y adecuar los procesos productivos y/o diferentes tareas fundamentales en base a turnos de trabajo, disposición de descansos, de manera tal de garantizar las medidas de prevención recomendadas durante toda la jornada de trabajo, como son, entre otras, distancia entre personas, llevar al mínimo posible la convivencia de personas simultáneamente, etc.