Audiencia imputativa por tenencia ilegal de armas y violación de la cuarentena.

Gendarmería Nacional le había secuestrado al imputado dos escopetas, una carabina, un revólver y la suma en efectivo de $540.000

Ayer domingo 5 de abril se llevó adelante la audiencia imputativa a D.J.P de por el delito de Tenencia ilegal de arma de fuego de guerra y Tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil -tres hechos-, Violación de medidas adoptadas por autoridad competente para impedir la introducción o propagación de una epidemia y Desobediencia, todo ello en concurso ideal y en calidad de autor.

El Fiscal Dr. Ramiro González Raggio imputó a D.J.P el hecho ocurrido el pasado 3 de abril a las 12:30 horas aproximadamente, en las inmediaciones de la ruta 34 a la altura del km 4 de la ciudad de Ibarlucea, mientras se dirigía en dirección a Rosario a bordo de su automóvil tipo camioneta marca Toyota modelo Hilux de color gris, cuando personal de Gendarmeria Nacional estaba realizando controles de rutina cuando intercepta al imputado y se constata en el baúl del vehículo una escopeta de doble caño yuxtapuesta calibre 16 sin marca visible, una escopeta calibre 16 marca Centauro modelo 32, una carabina calibre 22 largo marca Alcon cargada con 3 municiones y un revólver calibre 38 corto marca Smith & Wesson con cinco alvéolos cargado con 5 municiones;  una caja negra con la inscripción Primera Orbea con 10 cartuchos calibre 16, una caja con la inscripción Stopping Power con 16 cartuchos calibre 16, una caja negra con la inscripción Primera Orbea con 16 cartuchos calibre 16, 7 cartuchos calibre 32, 22 cartuchos calibre 38; y dentro de la cabina, sobre el asiento del acompañante, la suma en efectivo de $540.000 que se encontraban dentro de un bolso de color azul.

 Asimismo se le atribuye haber violado las medidas adoptadas para impedir la propagación de una epidemia ya que se encontraba en la vía pública sin autorización incumpliendo el Decreto del Poder Ejecutivo Provincial Nro 297 y el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nro 260 en el ejercicio ilegitimo de sus funciones y que tiene por objetivo la propagación de una epidemia (COVID-19), siendo que, si bien se encontraría comprendido en los extremos de la excepción contemplada en el DNU 297/20, el imputado realiza actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca, no fue hallado circulando por la ruta mencionada con fines vinculados a esa actividad.

La Jueza de Primera Instancia Dra. Valeria Pedrana tuvo por formalizada audiencia imputativa y dictó la libertad del imputado con restricciones;  Fijar domicilio y residir en él hasta el 12/04/20 o hasta que se cumpla el plazo de 30 días, y la fianza de $540mil que corresponde a la suma de dinero secuestrada.


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