Condenaron a un hombre a siete años de cárcel por abusar de su sobrina

Se aprovechaba de la niña cuando iba a su casa y su esposa salía a hacer mandados o dormía. Los abusos fueron reiterados y a espaldas de la mujer con la que tenía una hija. Los jueces concluyeron que el abuso se comprobó con una modalidad reiterada y confirmaron la pena.

Era su tío, estaba en pareja con la hermana de su mamá y cuando la niña iba a su casa el hombre aprovechaba los momentos en que su esposa salía a hacer mandados o dormía para abusar sexualmente de la niña. La tía se enteró tras la denuncia y apoyó a la niña, también inició un trámite legal en un juzgado de familia para determinar si esos ultrajes se habían trasladado también a la hija que tenía en común con el agresor. El abusador fue condenado y la Cámara Penal confirmó la decisión por lo que deberá purgar 7 años de prisión.

El relato de la niña fue la prueba básica del caso, si bien por su edad no pudo brindar detalles pormenorizados de los hechos o individualizar la cantidad de veces y las circunstancias en las que se cometieron pudo contar que se producían en la casa de su tía cuando ésta salía a hacer un mandado o dormía la siesta.

La víctima fue evaluada por distintos profesionales quienes concluyeron que su relato era coherente, espontáneo y creíble. Si bien el examen médico no permitió aseverar los abusos fehacientemente tampoco los pudo descartar y la niña debió afrontar un tratamiento psicológico por lo traumático de la situación.

La víctima contó en cámara gesell que tras los abusos el agresor le decía que nadie debía enterarse. El informe de la psicopedagoga que realizó la entrevista en cámara gesell explicó que la niña mostró angustia en las preguntas más específicas y más allá de las contradicciones en el relato se observa que la nena atravesó un proceso de seducción por parte del perpetrador que fueron aumentando progresivamente el nivel de daño psicológico.

El fallo

El Juzgado de Sentencia de la 5ª Nominación estuvo a cargo del juicio que terminó con una condena a 7 años de cárcel para el agresor, sanción que fue apelada por la defensa del acusado y el fallo terminó en manos de los camaristas Georgina Depetris, Alfredo Ivaldi Artacho y Guillermo Llaudet.

Los magistrados tuvieron en cuenta que ante un abuso sexual que se repite incluso probablemente en distintos lugares como por ejemplo una habitación o baño, es importante tener en cuenta que posiblemente el niño recuerde los detalles centrales que se repiten pero tenga más dificultades para aportar espontáneamente otros datos contextuales, dice el fallo.

Resaltaron que al enterarse de los abusos cometidos a su espalda, la tía –estaba separada de su pareja y tenía una hija en común con el perpetrador– no descreyó del relato de la niña ni de su hermana. Incluso se asesoró legalmente acudiendo al juzgado de familia donde su hija fue evaluada por una psicóloga que determinó que no había constancias de abuso por lo que retomó las visitas con su padre bajo supervisión, explica el decisorio.

Los jueces concluyeron que el abuso se comprobó con una modalidad reiterada más allá de que no pudo acreditarse el momento inicial y constituyeron un sometimiento gravemente ultrajante por lo que confirmaron la condena de 7 años impuesta al agresor. 

Fuente: El Ciudadano


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