ARCA actualizó las escalas del monotributo: cuánto se puede facturar por mes
La actualización del 16,8% modifica los topes de facturación y las cuotas del monotributo. Los nuevos valores ya rigen para la recategorización del segundo semestre.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó las escalas del monotributo con un incremento del 16,8% en los topes de facturación y en los importes mensuales que deberán abonar los contribuyentes. Los nuevos parámetros ya se utilizan para la recategorización correspondiente al segundo semestre de 2026 y comenzarán a aplicarse en los pagos con vencimiento desde agosto.
Aunque el régimen simplificado toma como referencia los ingresos brutos acumulados de los últimos 12 meses, muchos monotributistas utilizan un cálculo mensual para controlar su facturación y evitar superar los límites de la categoría en la que están inscriptos. Desde ARCA aclararon que el parámetro oficial sigue siendo anual, pero dividir el tope por doce permite llevar un seguimiento más práctico de la actividad.
Cuánto puede facturar por mes cada categoría
Con los nuevos valores vigentes, los montos orientativos de facturación mensual son los siguientes:
- Categoría A: hasta $1.000.784,20.
- Categoría B: hasta $1.466.265,23.
- Categoría C: hasta $2.055.874,53.
- Categoría D: hasta $2.552.387,62.
- Categoría E: hasta $3.002.352,61.
- Categoría F: hasta $3.762.638,28.
- Categoría G: hasta $4.499.649,91.
- Categoría H: hasta $6.827.055,03.
- Categoría I: hasta $7.641.646,83.
- Categoría J: hasta $8.751.043,27.
- Categoría K: hasta $10.550.903,23.
Estos valores son únicamente una referencia mensual y no reemplazan el cálculo anual que realiza el organismo para determinar la categoría correspondiente.
Qué ocurre si se supera el límite
ARCA recordó que la permanencia en una categoría del monotributo no depende únicamente de la facturación. También se tienen en cuenta otros parámetros, como la superficie afectada a la actividad, el consumo anual de energía eléctrica y el monto de los alquileres devengados, cuando corresponda.
Además, el organismo evalúa los ingresos devengados de los últimos doce meses, es decir, las facturas emitidas durante ese período, independientemente de la fecha en que fueron cobradas. Por ese motivo, superar el promedio mensual en un mes determinado no implica automáticamente quedar fuera del régimen, siempre que el total anual no exceda el tope establecido para la categoría.
En caso de superar los límites permitidos, los contribuyentes deberán realizar la recategorización del monotributo. Si los ingresos exceden el máximo previsto por el régimen simplificado, deberán incorporarse al régimen general, tributando IVA y Ganancias de acuerdo con la normativa vigente establecida por ARCA.




























