Condenan a 50 años de prisión al jefe de una violenta organización criminal que operaba desde la cárcel de Piñero
El Tribunal de Primera Instancia homologó un procedimiento abreviado y condenó a Andy Benítez a 50 años de prisión efectiva como reincidente. Fue hallado responsable de múltiples homicidios consumados y en grado de tentativa, extorsiones, abusos de armas y de liderar una asociación ilícita que sembró violencia en Rosario, principalmente en los barrios Ludueña y Empalme Graneros.

El viernes 12 de diciembre de 2025, el tribunal integrado por los jueces de Primera Instancia Trinidad Chiabrera, Paula Álvarez y Silvana Lamas González resolvió homologar el procedimiento abreviado presentado por el Ministerio Público de la Acusación y aceptado por la Defensa, mediante el cual se condenó a Andy Benítez, de 28 años, a la pena única y total de 50 años de prisión efectiva, con declaración de reincidencia.
El malviviente fue condenado por los delitos de lesiones leves agravadas por el uso de arma de fuego y lesiones graves, agravadas por el uso de arma de fuego en concurso real, en carácter de instigador y en grado consumado, extorsión doblemente agravada por el uso de arma de fuego y ánimo de lucro en grado de tentativa, en concurso ideal con dos hechos de abuso de armas, en calidad de instigador; homicidio agravado por el uso de arma de fuego (tres hechos) (victima Maximiliano González)
y homicidio agravado por uso de arma de fuego en grado de tentativa, tres hechos en concurso real, en carácter de instigador; homicidio agravado por uso de arma de fuego y por la participación de un menor, en grado de consumado, en calidad de instigador (víctima Vicenta Muñoz); abuso de armas agravado por participación de menor en grado de consumado y en carácter de instigadores; homicidio agravado por uso de arma de fuego y en carácter de instigador;(víctima Williams Ríos); homicidio calificado por concurso premeditado, agravado por uso de arma de fuego, en grado de tentativa, en calidad de instigadores; homicidio agravado por el uso de arma de fuego y por la participación de un menor de edad en calidad de instigador (víctima Gonzalo Contreras); homicidio agravado por el uso de arma de fuego y por la participación de un menor de edad en calidad de instigador (víctima Sergio Leguizamón); homicidio agravado por uso de arma de fuego y por la participación de menores de edad en calidad de instigador (víctima César Roldan); homicidio agravado por uso de arma de fuego y por la participación de menores de edad en concurso real con tres hechos de homicidio agravado por uso de arma de fuego y por la participación de menores de edad en grado de tentativa en calidad de instigador (víctima Iván Romero). La investigación estuvo a cargo de los fiscales Marisol Fabbro y Alejandro Ferlazzo, de la Unidad de Violencias Altamente Lesivas de la Fiscalía Regional, quienes acreditaron que Benítez lideraba una organización criminal dedicada a cometer delitos contra las personas, la vida, la propiedad, la seguridad pública y la salud pública en la ciudad de Rosario.Según la acusación, la asociación ilícita operó al menos desde julio de 2021 y continúa activa hasta la fecha. Su objetivo principal era ocupar y dominar territorios estratégicos, especialmente en los barrios Ludueña y Empalme Graneros, desplazando a bandas rivales para obtener beneficios económicos derivados del narcotráfico y otras actividades ilícitas. Para ello, recurrieron sistemáticamente a homicidios, balaceras, amenazas y extorsiones, muchas de ellas dirigidas a comerciantes y vecinos de la zona.
La organización era comandada desde el interior del sistema penitenciario. Benítez, alojado primero en la Unidad 11 de Piñero y luego en la Unidad 1 de Coronda, impartía órdenes mediante teléfonos celulares que utilizaba en prisión, coordinando ataques armados, extorsiones, usurpaciones y homicidios. Delegaba la ejecución de los hechos más graves en integrantes que actuaban en libertad, disponiendo de armas de alto poder ofensivo, vehículos y menores de edad como autores materiales.
Entre los hechos atribuidos se encuentran numerosos ataques armados y homicidios ocurridos entre 2021 y 2023, en el marco de disputas territoriales por el control de puntos de venta de estupefacientes. Las víctimas fatales incluyen a Maximiliano González, Vicenta Muñoz, Williams Ríos, Gonzalo Contreras, Sergio Leguizamón, César Roldán e Iván Romero, entre otros.
El fallo constituye una de las condenas más severas dictadas en el ámbito de la justicia provincial y representa un nuevo avance en el abordaje judicial de las estructuras criminales que operan desde el interior de las cárceles y generan altos niveles de violencia en el territorio.Hechos por los que fue condenado:
Se le atribuyó desde su lugar de alojamiento en el Pabellón N° 8 del Complejo Penitenciario N° 11 de Piñero, haber ordenado a dos personas, aún no identificadas a la fecha, que efectúen disparos de armas de fuego contra dos víctimas en fecha 15/06/2021 a las 18:30hs en cercanías de calles Juan Bautista Justo y Garzón de Rosario, resultando heridas como consecuencia de los disparos, uno de ellos con fractura expuesta en rodilla izquierda y quien lo acompañaba con lesión en el muslo izquierdo sin trazos de fractura. Este hecho se dio en el marco de un conflicto entre bandas, atento a que la familia de uno de los damnificados tuvo intención de tomar el control de un búnker en barrio Empalme Graneros, el cual en ese momento era usufructuado por la organización liderada por el condenado, la cual comenzó a operar los primeros días del mes de julio de 2021, y quien en fecha 09/12/2024 fue condenado como Jefe de dicha Asociación Ilícita y otros delitos.
Se le atribuye desde su lugar de alojamiento Pabellón N.º 8 del Complejo Penitenciario N° 11 de Piñero, junto a otras personas no identificadas a la fecha, haber formado parte del grupo de personas que organizó y perpetró las maniobras extorsivas -que incluyeron ataques con armas de fuego, contra la víctima y su grupo familiar según la secuencia que se detalla a continuación: en fecha 02.08.2021 aproximadamente a las 18:30hs el condenado desde un número celular le envío a la víctima un mensaje atemorizante para luego exigirle dinero, una motocicleta Guerrero y una Minivan Citroen Berlingo. Luego de 10 minutos eñ identifocado como Yamil Z. y otras personas aún no identificadas, concretaron la amenaza, y a bordo de un automóvil Eco Sport efectuaron al menos cinco disparos contra el frente de la vivienda de la familia. En la misma fecha 02.08.21, luego de la balacera, el damnificado recibió audios de Whatsapp en los que un masculino no identificado le manifesto que sabian quién era y lo acusa de vender estupefacientes. Además, le vuelven a brindar información sobre su vida personal y le exigen la entrega de $500.000 pesos, el automóvil y la motocicleta mencionados anteriormente. Al día siguiente, 03.8. 2021, aproximadamente a las 21:30hs Yamil Z. y otras personas no identificadas, se apersonaron a bordo la Eco Sport mencionada, al lugar donde habitaban familiares de la victima y efectuaron al menos 3 disparos de arma de fuego, impactando dos de ellos en un automóvil Ford Ka que se encontraba estacionado frente al domicilio, y otro en la fachada de domicilio vecino. Ambas balaceras fueron cometidas por Yamil Z., a cambio de una suma de dinero ofrecida por el condenado.En la misma fecha 03.08.21, luego de la segunda balacera, la víctima recibió un mensaje de Whatsapp para coordinar la entrega de lo solicitado. La participación de la identificada como Leila B., consistió en comunicarse desde una linea de celular con Andy B. -detenido en U.11 de Piñero- para proporcionarle información personal sobre las víctimas, indicar los nombres, domicilios y lugares de trabajo adjuntándole fotografías del frente de la vivienda de la víctima como así también de la vivienda de la madre de la víctima y de los vehículos de su propiedad. Tras lo cuál el condenado se contacta telefónicamente con Yamil Z., para ofrecerle una suma de dinero para la comisión de las balaceras, transmitiendo toda la información necesaria para llevarlas adelante.
Esta información esencial, sin la cual el hecho no podría haberse cometido, fue utilizada por Andy B. y el grupo de personas que cometieron el ilícito referido para amedrentar a la víctima y generarle un mayor temor, como así también por Yamil Z. para organizar la logística de los atentados y concretar las balaceras a las viviendas, vehículos y demás bienes del grupo familiar intimidado. El aparato telefónico utilizado por el condenado fue secuestrado en su celda de la U. 11 de Piñero, en una requisa realizada el día 04/08/21.Se le atribuye Andy B. y Yamil Z. haber organizado desde el 24 de julio de 2021 el hecho de homicidio de la víctima identificada como
Maximiliano Alejandro González y al identificado como M.A., con el fin de conseguir el dominio de determinada zona para cometer hechos ilícitos. Para ello, planificaron realizar la ejecución de su fallecimiento de distintas maneras y en distintos días, utilizando a otros actores que responden a Andy B. para lograr encontrarlo y efectivamente provocar su deceso. De tal manera, entre los imputados se dispusieron a dar muerte a los mismos en conversaciones atraves de teléfonos celulares, intercambiado información y fotografías de las víctimas agregando capturas de Google Maps con la ubicación exacta del domicilio de calle México al 1700 de Rosario, sector donde los mismos frecuentaban.
Se estableció el objetivo de pasar por la vivienda de dicha zona con una motocicleta efectuando disparos al inmueble, con el fin de que las victimas de ese hecho salgan a la calle, y que detrás pase un automóvil desde donde realizarían múltiples disparos de arma de fuego para causas su fallecimiento. Se dispuso entre los imputados la distribución de las armas de fuego para ejecutar el hecho, armas que eran gestionadas por Andy B. a través de las personas que respondían a él.
Se les atribuye a Andy Benítez (detenido en U11 de Piñero) y Mauro G. (en libertad en ese momento) haber planificado eliminar la competencia territorial que generaba la venta de estupefacientes desde un domicilio ubicado en zona de calle Garzón y Tupac Amarú. Con la finalidad de ejecutar lo planificado por ambos imputados, el 28 de diciembre de 2021 a las 23:20hs el identificado como Cristian F. (fallecido) – conduciendo una motocicleta Honda Twister, y K.A (menor de edad al momento del hecho) quién iba de acompañante, se dirigieron a la dirección mencionada donde la víctima, Vicenta Muñoz, vivía y tenía un punto de venta de estupefacientes. Al pasar por el frente del domicilio, frenaron en el medio de la calle, y mientras la mujer se encontraba en la puerta de su domicilio junto a dos personas, el menor de edad sacó un arma de fuego calibre 9mm y disparó, al menos 12 veces, impactando en la mujer cinco disparos siendo el último que impactó en la región lumbar el que le ocasionó graves lesiones a nivel de órganos abdominales, retroperitoneales y torácico que le causaron el fallecimiento por shock hipovolémico por herida de arma de fuego abdominales-torácica. Luego del hecho se dieron a la fuga en el motovehículo.
Se les atribuye al condenado, y a Mauro G., haber planificado eliminar la competencia que le generaba la venta de estupefacientes en Barrio Ludueña de la ciudad de Rosario. Actuaban en conjunto, planificando, organizando y ejecutando de manera directa y/o a través de las personas que a ellos respondían distintos tipos de hechos ilícitos con la finalidad de asegurar en dicha zona su exclusividad en el comercio de estupefacientes. Al momento de organizar y disponer la comisión del presente hecho, Andy B. se encontraba detenido en el Pabellón 8 de la Unidad Penitenciaria Nro 11 de Piñero, mientras que Mauro G., se encontraba en libertad. En esas circunstancias, en fecha 3 de enero de 2022, aproximadamente a las 22:15hs, Cristian F., óbito al día de la fecha, condujo un automóvil de color negro hasta calle Árevalo al 6100 de Rosario, en donde descendieron al menos tres masculinos entre los cuales se encontraba K.A., menor no punible al momento del hecho y otras personas no identificadas, quienes ingresaron al pasillo mencionado y dispararon, con al menos dos armas de fuego diferentes impactando contra las paredes y aberturas exteriores. Al retirarse del lugar, continuaron disparando contra un automóvil que se encontraba estacionado en la vía pública, afuera del pasillo, generando roturas de los cristales delanteros del lado del conductor, traseros del lado izquierdo. Luego del hecho se dieron a la fuga.
Se le achaca a Andy Benítez (preso en la U11 de Piñero) que el 25 de enero de 2022 haber planificado excluir a la gente que no quisiera dedicarse a la venta de estupefacientes. En esas circunstancias, seleccionó y determinó a personas de confianza, para que dos masculinos no identificados, se dirigieran al domicilio ubicado en zona de calle Casilda 5900, a bordo de una motocicleta , transitando por calld Casilda desde calle Solís y frenar en la esquina de calle Magallanes, y en ese momento, la persona que se encontraba en la parte de atrás, realizar disparos de arma de fuego en dirección a la víctima, Williams Agustín Rillos causando el fallecimiento por un traumatismo de cráneo encefálico grave asociado a shock hipovolémico por múltiples proyectiles de arma de fuego.
Se les atribuye junto a Mauro G. haber planificado atacar un punto de venta de estupefacientes ubicado zona de calle en Felipé Moré y French de la ciudad de Rosario, territorio regentado por su grupo antagónico. El período temporal que data entre los meses de febrero a mayo del 2022, se caracterizó por la disputa territorial por la venta de estupefacientes y otros negocios ilícitos en Barrio Ludueña y Empalme Graneros. El enfrentamiento tuvo lugar entre dos bandas que se disputaban el territorio: la facción liderada por el condenado y por Mauro G. y la facción liderada por el identificado Francisco R. Al momento de organizar y disponer la comisión del hecho, Andy B. se encontraba detenido en el Pabellón 8 de la Unidad Penitenciaria Nro 11 de Piñero, mientras que Mauro G. se encontraba en libertad. Ambos, actuaron planificando, organizando y ejecutando hechos ilícitos con la finalidad de excluir y atacar a su banda rival a través de las personas que a ellos respondían. En esas circunstancias, seleccionaron y determinaron cada uno de ellos a personas de su extrema confianza, como Cristian F., mano derecha de Andy B. entre otras personas no identificadas al día de la fecha. Con la finalidad de ejecutar lo ordenado por Andy B. y Mauro G. en fecha 18 de febrero de 2022 a las 18:05hs aproximadamente cuatro automóviles, un Chevrolet Prisma Cristian F. y un cuarto vehículo cuyas características no pudieron determinarse hasta la fecha se dirigieron a calle Felipe Moré y French de Rosario donde funcionaba un punto de venta de estupefacientes de la banda contraria. Al arribar al lugar realizaron múltiples disparos de arma de fuego contra las personas que se encontraban en el lugar con la intención de matarlos. Desde el interior de los vehículos dispararon contra las personas que se encontraban afuera del lugar con la intención de matarlos, los que fueron repelidos por integrantes de la banda rival a través de disparos de armas de fuego. Como consecuencia del ataque, en el que se efectuaron por lo menos 21 disparos de armas de fuego, G.J. resultó herido en glúteo izquierdo, tobillo izquierdo y tobillo derecho y F.C. en la región dorsal izquierda y en pierna ipsilateral.
Se le atribuye a Andy Fabián Benítez haber determinado, desde el lugar de detención (Unidad 1 de Coronda), mediante la utilización del teléfono celular sindicando a un menor de edad (17 años al momento del hecho) darle muerte a Gonzalo Sebastián Contreras, por ser persona vinculada a Mauro G. El menor cumpliendo con esas directivas el 23 de julio de 2023, en compañía de otras personas que al momento no se han identificado se presentaron en inmediaciones de Pasaje Rafaela al 6000 de Rosario, a las19:20hs ingresaron a la vivienda y efectuaron por lo menos siete (7) disparos con un arma de fuego tipo pistola calibre 9 mm causando el deceso de Contreras por lesión cráneo encefálica grave por proyectil de arma de fuego y lesión aórtica torácica por proyectil de arma de fuego.
Se le atribuye en fecha 26 de julio de 2023, Andy Benitez, desde el lugar de detención (Unidad 1 de Coronda), con la utilización del teléfono celular mediante la promesa de pagar una suma de dinero, instigó el homicidio de Sergio Alberto Leguizamon. Cumpliendo con esas directivas, el identificado como Fernando M., junto con un menor de edad se presentaron en calle 20 de Junio y Ecuador de Villa Gobernador Galvez, a las 23:50hs golpearon la ventana del domicilio de Sergio Alberto Leguizamon, y cuando éste salió, le efectuaron por lo menos dos (2) disparos con un arma de fuego tipo pistola calibre 9 mm con la intención de matarlo, causando el deceso por lesión pulmonar grave por proyectil de arma de fuego. Le impactaron un proyectil en la cara lateral izquierda del cuello con orificio de salida en sector de tórax posterior, y en el rostro (pómulo izquierdo).
Asimismo, se le atribuye a Fernando M. en las mismas circunstancias de tiempo, modo y lugar (fecha 26 de julio de 2023 a las 23.50hs aproximadamente en inmediaciones de calle 20 de Junio y Ecuador de Villa Gobernador Galvez) haber portado sin la debida autorización legal, de manera conjunta, un arma de fuego con la cual efectuó los disparos, tanto en momentos previos como posteriores a los mismos.
Se le atribuye a Andy B., haber dado orden e instigar hecho donde resulta fallecido el colectivero César Luis Roldán en fecha 2 de diciembre de 2023 en intersección de calles Eva Perón y Cullen de Rosario. Andy B., seleccionó el objetivo del hecho, y dispuso de los recursos materiales para cometer el mismo. Ordenando desde su lugar de detención, Unidad Penitenciaria Nro. 11 de Piñero, a dos menores de edad quienes fueron los autores materiales del hecho. El día 2 de diciembre de 2023, aproximadamente a las 15:30hs, los menores de edad según lo planeado se dirigieron a la intersección de calles Eva Perón y Cullen, uno a pie y el otro en bicicleta. Una vez arribados a dicha intersección, quién iba a pie simuló parar el colectivo de la línea 116 que era conducido por César Luis Roldán, mientras quién estaba en bicicleta se quedó en la esquina. Cuando el colectivo frenó, el mismo masculino que paró el colectivo, sacó entre sus prendas un arma de fuego cal. 9 mm, y realizó múltiples disparos con esa arma de fuego, en dirección al chofer, con intenciones de ocasionar su fallecimiento. Antes de retirarse, tiró arriba del colectivo una nota manuscrita de carácter amenazante. Luego de ello, ambos masculinos se retiraron, por calle Cullen en sentido cardinal norte hacía calle Tucumán.
El día 13 de diciembre de 2023, aproximadamente a las 18:30hs, por orden del condenado los identificados como B.G y T.B., se dirigieron a bordo de una motocicleta tipo 150 cc, -según lo ordenado- hacia la intersección de calles Gandhi y Garzón de la ciudad de Rosario, en donde residía en ese momento un familiar de identificado como K.S, y metros previos a dicha intersección comenzaron a disparar en dirección a la ochava suroeste con un arma de fuego calibre 9mm, en dirección a donde se encontraba K.S junto a un grupo de personas, con intención de ocasionar la muerte a éste. Como consecuencia de los disparos, resultaron heridos K.S en la zona del muslo derecho, una mujer embarazada que se encontraba sentada en la vereda a la altura catastral del 300 bis de Garzón, diagnosticada con herida de proyectil de arma de fuego en cara anterior interna del tercio proximal del muslo izquierdo con impotencia funcional y lesión por roce de proyectil de arma de fuego en abdomen; Ivan Romero en zona de tórax y L.P. en pierna izquierda. Luego de ello, ambos masculinos se retiraron, a bordo de la motocicleta por calle Garzón en dirección a calle Vélez Sarsfield, perdiéndose de vista, logrando así darse a la fuga.
Por su parte Iván Nicolás Romero, debió ser internado en el HECA por las heridas sufridas, falleciendo el 26 de diciembre de 2023 por falla multiorgánica secundaria a lesiones graves tóraco-abdominales por proyectil de arma de fuego.
































