Propuesta para impedir las contrataciones con el estado provincial a quienes estén procesados por violar la cuarentena obligatoria
El diputado provincial Esteban Lenci presentó un proyecto de ley que incorpora como impedimento para ejercer como proveedor del Estado el procesamiento por delitos que atenten contra la seguridad y la salud pública, abarcando así a quienes estén procesados por violación del aislamiento social, preventivo y obligatorio.
Ante la emergencia mundial que se vive por la pandemia del coronavirus COVID-19, el gobierno nacional, mediante Decreto de Necesidad y Urgencia, estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio, a fin de frenar el número de contagios y con ello evitar la saturación del sistema de salud. A pesar de que esta medida ha demostrado ser la más efectiva para frenar la tasa de contagio del virus, a la fecha se registran 1.700.000 violaciones del aislamiento en todo el territorio argentino.
Lenci destacó que “el Estado Provincial debe ser el primer garante de la ética en el ámbito de todos sus tipos de relaciones, ante ello entendemos que la conducta de aquel que de manera irresponsable violó el aislamiento debe ser considerada disvaliosa en todo sus niveles y en consecuencia, debe impedírsele ser proveedor del Estado”.
El proyecto modifica el artículo 141 de la ley de Administración, Eficiencia y Control del Estado de la provincia, incorporando el procesamiento por delitos que atenten contra la seguridad y la salud pública como impedimento para efectuar contrataciones y ejercer como proveedor el Estado.
La iniciativa señala que ya en el Código Penal de la Nación se establece una pena de prisión de 6 meses a 2 años para quien viole medidas adoptadas por las autoridades competentes para evitar la introducción o propagación de una epidemia, lo que constituye un delito contra la seguridad y salud pública.