El Gobierno Nacional restringe por 180 días las designaciones en la administración pública
Además, ordenó la realización de un relevamiento de «las dotaciones de personal que conforman la planta permanente y transitoria, como así también del personal contratado en sus diversas modalidades».
El Gobierno limitó por un plazo de 180 días las designaciones y contrataciones de personal en el ámbito de la administración pública nacional, y ordenó la realización de un relevamiento de «las dotaciones de personal que conforman la planta permanente y transitoria, como así también del personal contratado en sus diversas modalidades».
Así lo estableció a través del decreto 132/2020, publicado hoy en el Boletín Oficial, en el que, en sus considerandos, hace referencia a la «necesidad de establecer criterios para la asignación de los recursos necesarios para una efectiva gestión, funcionamiento y cumplimiento de las políticas públicas asignadas a las Carteras Ministeriales».
La norma lleva las firmas del presidente Alberto Fernández; del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y del ministro de Economía, Martín Guzmán.
Allí, el artículo 1, establece que «no se podrán efectuar designaciones ni contrataciones de personal de cualquier naturaleza que afecten fuentes de financiamiento presupuestarias por un plazo de 180 días corridos computados a partir del día siguiente al de la publicación del presente decreto».
No obstante, excluye del alcance de esta disposición a la Administración Federal de Ingresos Públicos, al Servicio Penitenciario Federal, a las Universidades Nacionales, y a las Fuerzas Armadas y de Seguridad.
También exceptúa «las designaciones en el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, del Servicio Exterior de la Nación, del Cuerpo de Guardaparques Nacionales y del personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción, dependientes del Ministerio de Salud».
Sin embargo, establece que «la cobertura de cargos o contrataciones que no puedan postergarse por su especificidad técnica, profesional, criticidad o riesgo operativo, deberá en todos los casos expedirse en forma previa la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros».
Es además a esta misma repartición a la que le encarga la elaboración de «un informe en el que consten las dotaciones de personal que conforman la planta permanente y transitoria, como así también del personal contratado en sus diversas modalidades de los organismos del Sector Público Nacional (…) a los fines de contar con la información adecuada para optimizar la gestión de gobierno».
Fuente: Telam