Condenaron a dos jóvenes por un homicidio agravado cometido por encargo desde la cárcel
El tribunal del Centro de Justicia Penal de Rosario condenó a Joel I. y Benjamín F. por el homicidio de Maximiliano Bazán, ocurrido en marzo de 2023. La Justicia acreditó que el crimen fue instigado desde el penal de Coronda y ejecutado con armas de fuego en el domicilio de la víctima.

El martes 10 de febrero de 2026, en la sala 9 del Centro de Justicia Penal de Rosario, el tribunal integrado por los jueces de Primera Instancia Paola Aguirre, Mariano Aliau y Pablo Pinto dictó duras condenas contra dos jóvenes por un homicidio agravado cometido mediante el uso de armas de fuego.
Joel I., de 21 años, fue condenado a 22 años de prisión, pena que se unificó con una condena previa, alcanzando un total de 42 años de prisión efectiva, tras ser hallado culpable del delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego en calidad de instigador.En tanto, Benjamín F., de 22 años, recibió una condena de 25 años de prisión efectiva por homicidio agravado por el uso de arma de fuego en calidad de coautor material, en concurso real con portación ilegal de arma de fuego, portación ilegal de arma de guerra (dos hechos), tenencia ilegal de arma de uso civil y encubrimiento (dos hechos).
Para ambos imputados, la Fiscalía había solicitado la pena de prisión perpetua.
Durante el debate, la fiscal Carla Ranciari sostuvo que el hecho ocurrió el 4 de marzo de 2023, alrededor de las 0.13, cuando Joel I., detenido en el Complejo Penitenciario N°1 de Coronda, se comunicó mediante la aplicación WhatsApp con Benjamín F., quien se encontraba en libertad. Desde allí, instigó la organización de un ataque armado contra Maximiliano Bazán en su domicilio de Chacabuco al 3400.
Según la acusación, Benjamín F. se presentó junto a otras personas armadas en el lugar y, una vez ubicados en el pasillo interno de la vivienda, efectuaron varios disparos que provocaron la muerte de la víctima. Tras el ataque, los autores se dieron a la fuga con el objetivo de asegurar la impunidad del hecho.Además, al coautor se le atribuyó la portación de un arma de guerra en condiciones de uso en la vía pública, así como otros episodios posteriores vinculados a la tenencia y portación de armas de fuego y chalecos balísticos, algunos de ellos con numeración suprimida y otros con pedido de secuestro activo por robo.
El tribunal consideró plenamente acreditada la responsabilidad penal de ambos acusados, destacando la planificación previa del crimen, la gravedad de los medios empleados y la participación coordinada entre quienes actuaron desde el encierro y quienes ejecutaron el ataque.






























