El Senado aprueba por unanimidad proyecto que endurece las penas por delitos de sustracción y comercialización de menores

La sanción del proyecto tuvo lugar en medio de la conmoción por la desaparición del niño Loan Peña en Corrientes, de quien no se sabe nada desde el pasado 13 de junio.

El Senado de la Nación aprobó hoy por unanimidad un proyecto de ley que tipifica y endurece las penalidades para los delitos de sustracción y comercialización de menores. La iniciativa, que eleva las penas de 5 a 15 años de prisión para quienes reciban o entreguen ilegítimamente a un menor de edad, con o sin mediación de un precio, promesa de retribución u otra contraprestación, fue sancionada en un contexto de conmoción por la desaparición del niño Loan Peña en Corrientes, ocurrida el pasado 13 de junio. Hasta el momento, siete personas han sido detenidas en relación con el caso.

El proyecto, que obtuvo 67 votos a favor en la sesión del Senado, se aprobó en el primer tramo de la jornada legislativa, antes de que comenzara el debate sobre el proyecto de movilidad jubilatoria, que busca establecer un mecanismo de actualización de haberes para jubilados y pensionados, así como para las dietas de los senadores.

La iniciativa, fruto del consenso entre los proyectos de la senadora radical Carolina Losada y Antonio Rodas, de Unión por la Patria (UxP), ya había sido aprobada el pasado 4 de julio en el Senado, pero fue devuelta a comisión para realizar ajustes en su articulado. En su versión final, el Senado incorporó al Código Penal el artículo 139, que establece penas de 5 a 15 años de prisión para quienes faciliten, promuevan o intermedien en la comisión de estos delitos.

Además, el nuevo artículo penal incluye sanciones para quienes entreguen o reciban a un menor con fines adoptivos sin cumplir con la ley vigente, independientemente de que exista o no una retribución económica o de otro tipo. Se prevé un agravante para los casos en que el delito sea cometido por funcionarios públicos o profesionales en el ejercicio de su actividad, aplicando penas dentro del tercio superior de la escala penal y estableciendo la inhabilitación especial perpetua para los responsables, si no se trata de un delito más severamente penado.

Finalmente, el Senado también modificó el artículo 41 del Código Penal, estipulando que las escalas penales mencionadas podrán ser reducidas a las correspondientes a la tentativa, en relación con ciertos delitos especificados en el mismo artículo.


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