Imputan a miembros de la barra brava de Newell’s Old Boys
Se los acusa de extorsión y otros delitos graves.
En el Centro de Justicia Penal de Rosario, se llevó a cabo una audiencia imputativa en la que el fiscal Dr. Franco Carbone presentó cargos contra varios miembros de la barra brava de Newell’s Old Boys por delitos relacionados con extorsión y otros actos criminales. Entre los imputados se encuentran Leandro V., Sabrina B., Luciano G., y Emir R., quienes enfrentan graves acusaciones por sus acciones contra el club rosarino.
El juez de primera instancia, Dr. Postma, formalizó la audiencia y aceptó el pedido de la Fiscalía, ordenando la prisión preventiva de los imputados por el plazo de ley, además del cese de comunicaciones para Leandro V., quien actualmente se encuentra detenido en el penal de Ezeiza.
Delitos Atribuidos:
- Extorsión Simple y Daño: Leandro V. y G. G. (prófugo), líderes de la barra brava, son acusados de haber intentado extorsionar al Club Atlético Newell’s Old Boys por 500.000 pesos, utilizando amenazas y actos intimidatorios, incluyendo una pintada amenazante en el Hospital Privado de Rosario y un ataque al presidente del club.
- Extorsión Agravada por Uso de Arma de Fuego: Leandro V., Sabrina B., Luciano G., y Emir R. están acusados de exigir 1.500.000 pesos al club, utilizando amenazas y violencia. Entre los actos imputados se incluye un ataque armado contra una vivienda en Rosario.
- Extorsión Simple: Los mismos imputados, junto con otros aún no identificados, exigieron indebidamente 3.000.000 pesos al club tras organizar una fiesta sin el aval de la dirigencia.
- Portación Ilegítima de Arma de Fuego y Abuso de Armas: Emir R. es acusado de portar ilegalmente un arma y de disparar contra una persona en Villa Gobernador Gálvez, hiriendo a la víctima en el glúteo derecho.
La audiencia reveló la compleja red de extorsión y violencia liderada por Leandro V. desde su lugar de detención, con la colaboración de sus co-imputados. El caso continúa bajo investigación mientras se refuerzan las medidas de seguridad para proteger a las víctimas y la integridad del club.
1) La Fiscalía le atribuye a Leandro V. el delito de Extorsión simple en grado de tentativa, en calidad de coautores, en concurso real con daño, en calidad de instigadores.
Se le atribuye a Leandro V. y a G. G. (PRÓFUGO), jefes de la barra brava de Newell’s Old Boys, junto con otras personas aún no identificadas, haber formado parte del grupo que ideó y perpetró las maniobras extorsivas tendientes a ocasionar un perjuicio patrimonial al Club Atlético Newell’s Old Boys, concretamente en la suma de 500.000 pesos, materializado en exigencias ilegítimas hacia el de Presidente de la referida entidad deportiva.
Las mismas fueron ejecutadas en fecha 27/08/2022, en ocasión de la finalizacion de encuentro entre Newell’s Old Boys vs Godoy Cruz de Mendoza por el Torneo de Primera División en el Estadio Marcelo Bielsa, que culminó con la derrota del equipo local por 2 a 1, personas allegadas a Leandro V. desde su lugar de alojamiento (pabellón A de instrucción Penitenciaria de Ezeiza), y su cara visible al momento de los hechos el identificado como G. G., al finalizar el encuentro deportivo abordaron a los jugadores profesionales como así también al cuerpo técnico en el playón del estadio. Allí, personas aún no fueron identificados, sustrajeron al a integrante del cuerpo técnico una campera de la institución deportiva. Como consecuencia de ello, la dirigencia de la institución no hizo entrega a la barra brava de la suma de $500.000 pesos argentinos, cifra la cual era entregada en la semana siguiente a la finalización de cada partido jugado como local situación que debiene en una serie de exigencias ilegítimas de dinero, efectuadas mediante actos intimidatorios directamente por el imputado y G. G., como así también por personas aún no identificadas, en cumplimiento de las órdenes impartidas por ambos jefes de la barra brava.
En fecha 23/09/2022 y en fecha 27/10/2022, Leandro V., mediante la utilización de una línea telefónica desde su lugar de detención, envió a un empleado de seguridad del club a traves de mensajes de texto y audios, mensajes expresando su preocupación por el no pago del dinero. En fecha 12/11/2022 a las 0hs aproximadamente, personas aún no identificadas, en cumplimiento de las órdenes impartidas por Leandro V. y G. G., se dirigieron al Hospital Privado de Rosario, ubicado en calle Pte. Roca al 2400 de Rosario, a bordo de un automóvil color negro, marca Nissan Tiida y una vez allí, realizaron en la pared del mismo una pintada tipo graffiti con un mensaje amenazante en contra del presidente del club, y luego arrojaron una piedra tipo cascote a las puertas del Hospital, produciendo de esta manera la rotura de sus vidrios. Por último en fecha indeterminada, pero en momentos posteriores al 12/11/2022, G. G. abordó en el interior del club al presidente de la institución, diciéndole “hoy arrancamos con los vidrios”.
2) La Fiscalía le atribuye a Leandro V. y a Sabrina B. el delito de Extorsión agravada por el uso de arma de fuego, en calidad de instigadores; a Luciano G. el delito de Extorsión agravada por el uso de arma de fuego, en calidad de autor; y a Emír R. el deltio de Extorsión agravada por el uso de arma de fuego, en calidad de partícipe primario.
Se les atribuye junto a otras personas más aún no identificadas, haber formado parte del grupo de personas que ideó y perpetró las maniobras extorsivas tendientes a ocasionar un perjuicio patrimonial al Club Atlético Newell’s Old Boys, concretamente en la suma de $1.500.000 pesos, materializado en exigencias ilegítimas hacia al Presidente de Newell’s Old Boys. El liderazgo de la barra brava es ejercido actualmente por Leandro V. desde su lugar de detención (pabellón A de Institución Penitenciaria de Ezeiza) y por su pareja, Sabrina B., quien cumplimenta prisión bajo modalidad domiciliaria dispuesta por la Justicia Federal, siendo Luciano G. la cara visible de dicha estructura, y Emir R, hijo de Sabrina B., uno de sus principales laderos. Sin embargo, en los últimos meses, los identificados como Alejandro F., y Sergio D. V., (ya imputados y en prisión preventiva por el plazo de ley por hechos de amenazas), junto a otras personas aún no identificadas, intentaron desplazar a la facción comandada por Leandro V., buscando para ello el aval del máximo jefe de la barra brava de Newell’s Old Boys, Ariel Máximo C.. Como consecuencia del supuesto cambio en la jefatura de la barra brava, el día lunes 22 de julio de 2024 la dirigencia entregó entradas de protocolo a Alejandro F., correspondientes al partido que se disputaba al día siguiente contra Independiente de Rivadavia en el Estadio Marcelo Bielsa. Desde la asunción de Luciano G. como líder visible de la barra brava de Newell’s Old Boys, dicha cantidad de entradas le eran a él entregadas en forma previa a los partidos disputados como local, como así también en los días posteriores al mismo una suma de dinero, que actualmente consiste en $1.500.000. Luego de un intercambio de mensajes y llamados telefónicos, Alejandro F. devolvió las entradas mencionadas, las cuales fueron entregadas momentos después a los miembros de la facción comandada por Luciano G.. En dicho contexto Leandro V., ordenó desde su lugar de alojamiento una serie de actos intimidatorios que tuvieron por objeto exigir al presidente de la referida institución deportiva el pago ilegítimo de la suma de dinero antes indicada, demostrando de esta manera el poder que posee sobre la institución. Para ello se valió de la colaboración de su pareja, Sabrina B. quién se encuentra autorizada por el Complejo Penitenciario Nº 1 de Ezeiza para comunicarse telefónicamente y es el medio a partir del cual éste imparte órdenes a sus subordinados desde la línea de teléfono fijo del Complejo Penitenciario de Ezeiza asignada al pabellón que habita.
Dichos hechos se materializaron en dos eventos de relevancia ocurridos el martes 23 de julio de 2024, finalizado el partido entre el Club Atlético Newell’s Old Boys e Independiente de Rivadavia, Emir R. lanzó con la anuencia de Luciano G., una serie de bombas de estruendo hacia el interior del campo de juego, a sabiendas de que ello podría haber ocasionado la imposición de sanciones administrativas, entre las que se encuentran la clausura de la tribuna y/o del estadio, y la quita de puntos en la Liga Profesional Argentina de Fútbol y el viernes 26 de julio de 2024 a las 19:48hs aproximadamente, personas aún no identificadas, siguiendo el plan criminal ideado por Leandro V. y SabrinaB. como represalia y parte de la maniobra extorsiva, se dirigieron al domicilio ubicado en calle Chacabuco al 2700 de la ciudad de Rosario. Una vez allí, y portando un arma de fuego de guerra tipo pistola, calibre 9mm, efectuaron al menos ocho disparos contra la vivienda, retirándose luego del lugar a bordo de un automóvil Renault Clio de color gris. Como consecuencia de dicho hecho, en fecha 29 de julio de 2024, hizo efectivo el pago de $1.500.000 a Luciano G..
3) Se les imputa a Leandro V. y Sabrina B. el delito de Extorsión simple en calidad de instigadores; y a Luciano G. el delito de Extorsión simple, en calidad de autor.
Se les atribuye, junto a otras personas más aún no identificadas, haber formado parte del grupo de personas que ideó y perpetró las maniobras extorsivas tendientes a ocasionar un perjuicio patrimonial al Club Atlético Newell’s Old Boys, concretamente en la suma de $3.000.000, materializado en exigencias ilegítimas hacia su Presidente. El liderazgo de la barra brava de Newell’s Old Boys es ejercido actualmente por Leandro V. desde su lugar de detención (pabellón A de complejo Penitenciario de Ezeiza) y por su pareja, Sabrina B. quien cumplimenta prisión bajo modalidad domiciliaria dispuesta por la Justicia Federal, siendo Luciano G. la cara visible de dicha estructura. Arrogándose facultades no previstas en el estatuto de la institución deportiva, organizaron sin el aval de la dirigencia, una fiesta de inauguración de los parrilleros del club a realizarse el día 8 de julio de 2024, contratando para la misma a artistas musicales. Al tomar conocimiento de ello, el presidente de la institución, prohibió la realización del mismo porque no se daban las condiciones de seguridad para que el evento se desarrollara, lo cual fue comunicado por M. C. a Luciano G.. Como consecuencia de esto, Luciano G. en cumplimiento de las órdenes impartidas exigió indebidamente en forma reiterada a la dirigencia la entrega de la suma de $8.000.000 pesos. Finalmente, la dirigencia otorgo la suma de $3.000.000.
4) Se imputa a Emir R. el delito de Portación ilegítima de arma de fuego de uso civil y Abuso de armas, ambos hechos en concurso real entre sí.
Se le atribuye a Emir R., en fecha 17/07/2024 a las 16:55hs aproximadamente, conjuntamente con otra persona de sexo masculino no identificada a la fecha, haberse dirigido a calle San Juan entre Corrientes y Santiago del Estero de Villa Gobernador Gálvez, y portando ilegitimamente un arma de fuego tipo revólver, cuyo calibre aún no pudo ser determinado, haber efectuado al menos seis disparos contra G. C. impactando uno de ellos en su glúteo derecho, para una vez concretado el ataque armado darse a la fuga por calle San Juan.