Cómo quedan las jubilaciones de junio con la oficialización del bono de $70.000
El Gobierno confirmó el otorgamiento de un nuevo refuerzo previsional para el sexto mes del año.
El Gobierno Nacional oficializó a través del Decreto 440/2024 la entrega de un bono de $70.000 para jubilados que perciben el haber mínimo. Esta medida eleva las jubilaciones mínimas a $276.931,10 en junio, luego de fijarse un aumento del 8,83% acorde a la inflación de abril.
La razón detrás de esta acción, según el Ejecutivo, es la grave situación socioeconómica que atraviesa el país, generando desequilibrios que impactan negativamente en la población. Con el objetivo de mantener el poder adquisitivo de los adultos mayores de menores ingresos, se han implementado varios bonos en los últimos meses, siendo este el quinto de la gestión de Javier Milei.
Es importante destacar que el nuevo bono se da ante la falta de implementación de la nueva fórmula jubilatoria, con el fin de evitar la pérdida de capacidad de compra de los beneficiarios. La ayuda económica se asignará a aquellos titulares cuyos haberes no superen los $206.931,10, llegando hasta un máximo de $276.931,10.
Se especifica que la ayuda será otorgada a titulares de prestaciones previsionales a cargo de la ANSES y otros regímenes específicos. Es importante resaltar que esta ayuda no podrá ser descontada ni computada para otros fines.
A quiénes les corresponde el bono de $70.000 en junio
El Decreto detalló que la ayuda económica previsional será otorgada a:
- a. Las personas titulares de las prestaciones contributivas previsionales a cargo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), otorgadas en virtud de la Ley N° 24.241, sus modificatorias y complementarias, de regímenes nacionales generales anteriores y sus modificatorias, de regímenes especiales derogados, o por las ex-Cajas o Institutos Provinciales y Municipales de Previsión cuyos regímenes fueron transferidos a la Nación, cuya movilidad se rija por el artículo 32 de la Ley N° 24.241 y de las prestaciones del régimen establecido por el Decreto Nº 160/05;
- b. Las personas beneficiarias de la Pensión Universal para el Adulto Mayor, instituida por el artículo 13 de la Ley Nº 27.260 y sus modificatorias;
- c. Las personas beneficiarias de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de 7 hijos o más y demás pensiones no contributivas y pensiones graciables cuyo pago se encuentra a cargo de la ANSES.