Modifican carga impositiva para compras a crédito en dólares y gastos en el exterior

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) formalizó hoy la modificación de la carga impositiva para las compras en moneda extranjera a crédito y los gastos con tarjeta en el exterior.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) formalizó hoy la modificación de la carga impositiva para las compras en moneda extranjera a crédito y los gastos con tarjeta en el exterior, de lo que resultará una cotización del denominado «dólar tarjeta» de $ 1.280, con un 60% de recargo sobre la cotización oficial de $ 800.

La modificación se instrumentó a través de las resoluciones generales 5463/2023 y 5464/2023 publicadas hoy en el Boletín Oficial, con la particularidad de estar suscriptas por el director general de Aduanas, Guillermo Michel, transitoriamente a cargo del organismo recaudador hasta que se formalice la designación de Florencia Misrahi.

De esta forma la carga impositiva total sobre este tipo de operaciones se redujo del 155% al 60%, a modo de compensación ante el incremento de la cotización del dólar oficial.

La RG 5463 determinó que la alícuota de percepción del impuesto a las Ganancias aplicable sobre las operaciones en moneda extranjera será del 30%.

Por su parte, en la RG 5464 se fijó una alícuota del impuesto PAIS del 28,5% o del 16,625% según el tipo de operación.

Las medidas habían sido anticipadas ayer en el anuncio formulado por el ministro de Economía, Luis Caputo.


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