Revocan un fallo por el crimen de Marcos Guenchul y condenan a perpetua a los tres acusados
El tribunal de alzada revocó la absolución dictada en julio pasado a Priscila Denoya, expareja de Guenchul y con quien tenían una hija en común, y le impuso la pena de prisión perpetua, según la sentencia.
La Cámara Penal de Rosario revocó un fallo de primera instancia por el crimen del personal trainer Marcos Guenchul, quien fue asesinado a balazos a la salida de un gimnasio, y condenó a prisión perpetua a los tres imputados, entre ellos a la expareja de la víctima, quien en el juicio había sido absuelta por el beneficio de la duda, informaron fuentes judiciales.
Los camaristas Georgina Depetris, Alfredo Ivaldi Artacho y Javier Beltramone revocaron parcialmente el fallo de un tribunal había dictado en julio del año pasado, en el que habían sido condenados a una pena de 20 años de cárcel Caio Soso y Rodrigo Panero por el homicidio de Guenchul, ocurrido el 23 de julio de 2019 en esta ciudad santafesina.
Además, el tribunal de alzada revocó la absolución dictada en julio pasado a Priscila Denoya, expareja de Guenchul y con quien tenían una hija en común, y le impuso la pena de prisión perpetua, según la sentencia.
Los jueces de Cámara consideraron que Soso y Panero fueron coautores del delito de «homicidio agravado por el concurso premeditado de dos o mas personas y por el uso de armas, mientras que a Denoya le agregaron el agravante del «vínculo».
Según la investigación, Guenchul fue asesinado de dos disparos de un arma calibre .380 la noche del 23 de julio de 2019 a la salida del gimnasio Progress Fitness, ubicado en calles Mendoza y Sucre, donde trabajaba.
Guenchul había tenido con Denoya una breve relación de pareja que había comenzado a través de un contacto por una aplicación de citas y ambos eran padres de una hija.
El fallo recuerda que entre ambos existía una mala relación, que el hombre tenía una medida perimetral de no acercamiento a su expareja y que entre ambos había un vínculo “violento”.
Tras dejar de convivir con Guenchul, Denoya formó una pareja con Soso, de quien quedó embarazada.
De acuerdo al caso, Soso buscó a Panero –un hombre con quien había trabajado años antes en la empresa Cargill- para “amenazar e intimidar” a Guenchul, para que se alejara de Denoya.
En su declaración ante la Cámara, el propio Soso sostuvo que su “intención era de amenazar, de amedrentar, de intimidar, de que esto se terminara”, y descartó la participación de su pareja: “Priscila Denoya no tuvo participación alguna, no hubo plan, y menos de ella”.
En primera instancia, los jueces Facundo Becerra, Mariano Aliau y Carlos Leiva condenaron a Panero como autor inmediato del crimen, al igual que a Soso, quien llevó al homicida en su auto hasta el lugar del crimen y luego lo trasladó hasta el domicilio de Denoya, donde los tres permanecieron juntos casi una hora.
A ambos le dictaron una pena de 20 años de cárcel, al no tener en cuenta los agravantes planteados por la Fiscalía, recordaron fuentes judiciales.
Mientras que Denoya resultó absuelta por los jueces del tribunal oral, quienes entendieron que no podía ser condenada por el beneficio de la duda.
Con la misma prueba pero diferente valoración, los camaristas revocaron esa sentencia y condenaron hoy a los tres a prisión perpetua.
Para eso, tuvieron en cuenta que hubo un encuentro de los tres unos días previos al crimen, que Soso y Panero se reunieron en varias oportunidades antes del asesinato de Guenchul, y que Denoya fue quien, la noche del asesinato, llevó en su auto a Panero hasta su casa en la localidad de Villa Gobernador Gálvez, por lo que no podía desconocer lo ocurrido.
“El hecho perpetrado contra Marcos Guenchul conforma un homicidio planificado y perpetrado con el empleo de una pistola en el que participaron activa y coordinadamente Denoya, Soso y Panero como coautores”, sostuvieron los jueces en su fallo.