La AFIP reglamentó la moratoria para pymes

Los interesados deberán inscribirse a través del sitio web de la AFIP, y el aplicativo estará disponible a partir del 17 de febrero próximo.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó la moratoria para pymes, monotributistas y autónomos establecida en la Ley de Solidaridad y Reactivación Económica, a través de la resolución general 4667/2020 publicada en el Boletín Oficial.

La misma definió que los contribuyentes que tengan deudas acumuladas hasta fin del año pasado, podrán ingresar al plan entre el 17 de febrero y el 30 de abril.

Los interesados deberán inscribirse a través del sitio web de la AFIP, y el aplicativo estará disponible a partir del 17 de febrero próximo.

La moratoria para pymes lanzada oficialmente ayer contempla quitas del 42% sobre el monto total de la deuda, y plazos de pago de hasta 120 cuotas para las obligaciones tributarias y aduaneras, y de hasta 60 cuotas para aportes y retenciones.

Además, la moratoria permite refinanciar en plazos de hasta 10 años toda la deuda impositiva, aduanera y de la seguridad social que tenga un contribuyente, y pagar una única cuota mensual.

Fuente: Telam


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