Los planes de ahorro para la compra de autos deberán ofrecer diferimientos de pago
Así lo establece la resolución 2/2019 de la Inspección General de Justicia (IGJ), publicada hoy en el Boletín Oficial.
Las entidades administradoras de planes de ahorro bajo la modalidad de «grupos cerrados» deberán ofrecer a los suscriptores ahorristas y adjudicatarios que no registren una mora superior a tres cuotas, el diferimiento del pago de un porcentaje no inferior al 20% de las cuotapartes.
Así lo establece la resolución 2/2019 de la Inspección General de Justicia (IGJ), publicada hoy en el Boletín Oficial.
La decisión de la IGJ surge de la presentación efectuada por la Cámara de Ahorro Previo Automotores, a través de la cual se solicitó autorización para ofrecer el diferimiento de cuotapartes de las cuotas de los planes de ahorro que administran.
Dicho diferimiento será ofrecido hasta el 31 de diciembre de 2019 y se aplicará como mínimo durante cinco meses desde la aceptación por parte del suscriptor.
Según la resolución de la IGJ, el diferimiento será aplicable a los planes de ahorro que se hubieren agrupado hasta el 31 de agosto de 2019, y los talones de pago discriminarán el monto total de la cuotaparte y el que corresponda deducido el porcentaje diferido.
Fuente: Telam