Jubilados y Pensionados podrán acceder a la exención del pago de la TGI

Así lo aprobaron desde el Concejo Deliberante, el ingreso de los beneficiarios no deberá superar dos veces el haber mínimo

Concejo-Deliberante-escudoEn la ultima sesión ordinaria del corriente año, los concejales de nuestra ciudad aprobaron un proyecto de ordenanza en el cual los jubilados o pensionados cuyo ingreso mensual no supere dos veces el haber mínimo podrán acceder al beneficio de exención del pago de la tasa general de inmuebles.Se aprobó por unanimidad, el proyecto presentado por los Concejales del Bloque Socialista Frente Progresista Cívico y Social, Ema Camiscia y Carlos Dolce, mediante el cual se modifica el articulado de la Ordenanza N° 1986/11, para beneficiar a los jubilados y pensionados cuyo ingreso mensual no supere dos veces el haber mínimo, quienes a partir de la promulgación de la presente modificación, podrán acceder a la exención del pago de la tasa general de inmuebles.

En los considerandos del proyecto, los ediles socialistas expresaron que: “El proceso inflacionario que sufre el país, más el aumento de los servicios públicos que se disparó en el último tiempo, afecta a los sectores más vulnerables, entre ellos, a las personas que han trabajado toda su vida y hoy viven de su jubilación”.

“El beneficio, en el punto 1, indica que la persona no debe superar el haber y medio mínimo jubilatorio, pero que teniendo en cuenta lo expresado en el párrafo precedente, debería extenderse a quienes no cobren más de dos haberes mínimos, que en la actualidad el monto total no supera los 10.000 pesos”, explicaron los concejales en el proyecto de ordenanza.

Durante la sesión el Concejal Carlos Dolce, hizo uso de la palabra y expresó: “Agradezco a los concejales que acompañaron este proyecto, ya que estamos dando un paso muy importante para darle una mano a nuestros abuelos, ya que con esta modificación los jubilados que perciban ingresos mayores a dos haberes mínimos, van a poder acceder al beneficio de la excesión del pago de la Tasa General de Inmuebles”.

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