Dos primos quedaron presos por al menos cinco hechos violentos.

Se trata de dos primos que están vinculados a una saga de hechos violentos.

En el día de ayer en el Centro de Justicia Penal Rosario se realizó audiencia imputativa a Mauricio L. y Angel B. por diversos hechos violentos ocurridos en la ciudad de Rosario y la zona. Según indicaron las fuentes, se trata de dos primos, identificados como Mauricio Laferrara quien está sindicado como uno de los jefes de la organización que estaría liderada por Estaban Alvarado y fue imputado por seis homicidios. El otro, Ángel Nahuel Bini, primo hermano del antes mencionado, es un policía pasado a disponibilidad, acusado de participar en el ataque a una distribuidora de bebidas donde hubo un muerto y tres heridos

Los Fiscales de la Agencia de Criminalidad Organizada y Delitos Complejos les imputaron:

1) HECHO HOMICIDIO EN GRANADERO BAIGORRIA EL DÍA 16/04/2018

Se imputa a M. L. haber dado muerte a Gerardo Abregú, Ezequiel Fernández y José Fernández mediante la utilización de armas de fuego en la Localidad de Granadero Baigorria el día 16/04/2018.

Se lo imputa junto a dos personas aun no identificadas arribaron a calle Liniers al 2000 de Granadero Bigornia a bordo de un automóvil marca VW, modelo Bora, de color gris, donde se encontraban las victimas dentro del vehículo marca Chevrolet, modelo Corsa Classic, de color gris estacionado frente a un galpón, al llegar al lugar descienden del vehículo portando armas de fuego, donde el imputado con una pistola calibre 9 x 19 mm Parabellum, marca FM, modelo HI POWER y efectúan disparos contra los ocupantes del  Chevrolet causando la muerte de todos los ocupantes realizando al menos 10 disparos.

Se le atribuye Homicidio calificado por uso de arma de fuego (tres hechos) en concurso real en carácter de coautor y en grado de consumado.

2) HECHO PRIVACIÓN ILEGÍTIMA DE LA LIBERTAD VICTIMA CRISTIAN ENRIQUE EL DÍA  23/10/2018

Se le imputa a M. L. haber participado en la privación ilegítima de la libertad de Cristian Enrique simulando una orden de autoridad pública, quien luego apareció sin vida en fecha 10/11/2018, todo en las siguientes circunstancias.

El día 23 de octubre de 2018 aproximadamente a las 14:30hs el imputado circulaba junto a tres personas más a bordo de un automóvil de color blanco, mientras circulaban por  calle Las Tacuaritas al 600 interceptaron al vehículo en el que circulaba Cristian Enrique y Yanina C. una persona del grupo que vestía un chaleco identificatorio de la Policia de Investigaciones (PDI), una chomba y gorra de policía gritó “alto policía”, los hizo detener y a punta de pistola hicieron subir por la fuerza a Cristian Enrique a su auto. Luego se retiraron por calle Las Tacuaritas hacia el norte y doblando posteriormente hacia la derecha en dirección a Las Palmeras.

Se le atribuye el delito de Privación ilegítima de la libertad agravado por haber sido simulando una orden de autoridad pública en calidad de partícipe primario.

3) HECHO HOMICIDIO VICTIMA LUCIO MALDONADO  EL DÍA 11/11/2018

Se imputa a M. L. haber tomado parte en el homicidio de Lucio Maldonado, en cumplimiento de las órdenes impartidas por Esteban Lindor A. hecho ocurrido el día 11 de noviembre de 2018 entre la 1am y 5am aproximadamente el día 10/11/2018 el imputado integró el grupo de cuatro personas que a bordo de un Renault Kangoo color gris siguieron al Chevrolet Cruze en que circulaba la victima desde calle Rivarola y Av. Circunvalación hasta el domicilio hasta su domicilio, sito en calle Garibaldi al 600 de la Ciudad de Rosario, cuando este desciende de su vehículo M. L. junto con el grupo de personas lo reducen y a punta de pistola lo obligan a subir al Renault Kangoo. El imputado se trasladó en el utilitario Kangoo a la casa quinta ubicada en Ruta A012 jurisdicción de la localidad de Piñero, finca sobre la cual Esteban A. goza del derecho de usufructo y cuyos titulares registrales los hijos del mencionado. Fue entonces cuando se comunicó con su hermana para que de aviso a Facundo A. que estaba en camino a la finca.

  1. L. formó parte de ese grupo de personas que estuvieron en la finca en donde se retuvo a la víctima por el lapso de al menos 1hs, para luego arrojar el cuerpo ya sin vida de Lucio Maldonado en Av. Circunvalación y colectora a Autopista Rosario-Buenos Aires a las 05:12am del mismo día con cuatro disparos de arma de fuego, dos ellos en la zona craneal, y con las manos atadas por la espalda con una soga.

Asimismo se le imputa haber adquirido el utilitario Kangoo proveniente de un hecho de robo calificado por uso de arma de fuego.

Se le atribuye el delito de Homicidio calificado por el concurso premeditado de dos o más personas, agravado por uso de arma de fuego en carácter de partícipe primario y Encubrimiento agravado en carácter de autor.

4) HECHO INTEGRANTE DE ASOCIACIÓN ILÍCITA

Se imputa a M. L. ser integrante de una asociación ilícita destinada a cometer delitos que tenía como jefe a Esteban Lindor A. y que funcionó como tal al menos desde el período comprendido entre el 7 de septiembre de 2018 hasta al 29 de abril de 2019. La organización criminal que el imputado Integraba estaba compuesta por Marcelo Nicolás O., Jorgelina C., Martin R., Facundo A., Jorge B., Nadia T., Rosa C., Leandro S. y Gustavo R., entre otros.

Esteban A. repartía las tareas de la asociación entre personas que conforman tres estamentos diferenciados: El primero de ellos integrado por quienes procuraban los medios materiales para la comisión de crímenes violentos y ejecutaban delitos contra la propiedad y contra las personas. Estas personas proveían armas y vehículos a la organización, contactaban y retribuían económicamente a las personas a cargo de ejecutar los delitos, llevaban a cabo tareas de seguimiento e identificación de personas, y las intimidaban para obtener algún tipo de beneficio para la empresa criminal. En ese grupo se encontraban el imputado junto a Nicolás O., Facundo A., Gustavo R., Adrian F. entre otros. M. L. tomó parte en distintos hechos violentos utilizando el nombre de Esteban A. y en ausencia de él estuvo a cargo de la coordinación las tareas encomendadas a este estamento.

El segundo de los estamentos está constituido por un grupo de personas que en cumplimiento de las órdenes que impartía Esteban A. llevaban a cabo hechos ilícitos y delictivos tendientes a brindar impunidad a los crímenes violentos ejecutados por los integrantes de la organización. Esa tarea era cumplida con el aporte de profesionales, personal policial y otras personas que tuvieron en miras desviar las investigaciones del MPA.

Finalmente un tercer estamento integrado por un grupo de personas que se encargaba bajo las directivas de Esteban A. de gestionar un entramado de empresas comerciales y unipersonales que le permitían ocultarse tras el amparo que brindan las estructuras societarias. A través de ellas se proveía de bienes muebles, inmuebles y servicios a toda la estructura criminal: recursos materiales y humanos disponibles para la comisión de delitos; inmuebles para guardar rodados de la organización y para vivir a sus miembros; dinero para pagar a personas para obtener de ellas información y otras tareas que permitían la ejecución diversos delitos.

Se le atribuye el delito de Asociación ilícita carácter de autor y en grado de consumado.

5) HECHO HOMICIDIO CALLE CONSTITUCIÓN 5200 DE LA CIUDAD DE ROSARIO EL DÍA 07/09/2019

Se le imputa a M. L. y a A. B. haber arribado con 3 personas a bordo de un vehículo marca Fiat Toro color blanco al local comercial de calle Constitución al 5200 de la Ciudad de Rosario en fecha 07/09/2019 aproximadamente a las 8:35am donde funciona una distribuidora de bebidas y haber disparado contra las personas que se encontraban en el lugar provocando la muerte de Cristian Beliz, intentando dar muerte a Cesar G. y Ariel A., y lesionando a Nicolás V..  El vehículo marca Fiat Toro color blanca era conducido por M. L. una vez ubicado frente la distribuidora de bebidas  comenzaron a efectuar disparos con armas de fuego contra las personas que se encontraban en la misma, M. L. se encontraba conduciendo el vehículo y efectuó numerosos disparos desde la ventanilla del conductor sin descender de su lugar esos disparos fueron dirigidos a Beliz quien se encontraba en el portón del comercio y hacia el interior de la distribuidora donde se encontraban Nicolás V. y Cesar G.. Desde el asiento trasero el A. B. abre la puerta y comienza a disparar contra las personas del lugar dirigiendo sus disparos hacía quienes estaban en la vereda y en el interior de la distribuidora.

Del lugar ocupado por el acompañante desciende uno de los atacantes y comienza a efectuar disparos contra las personas que estaban en el lugar. De la puerta trasera del acompañante descienden efectuado disparos dos personas. Estos  disparan en primer lugar desde atrás de la camioneta y luego dan la vuelta y efectúan disparos contra Beliz que se encontraba en el suelo producto de los disparos efectuados en primer lugar por A. B. y luego por M. L. al momento de iniciarse el ataque. Uno de los disparos ingresa por el portón principal de la distribuidora e impacta en la zona dorsal de Cesar G., otro de los disparos impacta en el dedo anular de la mano izquierdo de Nicolás V. que se encontraba dentro de la distribuidora y otro en el hombro derecho de Ariel A.. Con posterioridad al hecho se retiran a bordo de la camioneta por calle Constitución hacia el norte. El mismo día a las 13:15hs es hallada la camioneta marca Fiat Toro en calle Viamonte y Cullen la misma había sido robada el día 07/09/19. Producto de las heridas causadas por el ataque Cristian Beliz fallece, Cesar G. queda hemipléjico encontrándose actualmente internado en el HECA, Ariel A. y Nicolas V. resultan heridos el primero entre los dedos mayor y anular de la tercera falange de la mano izquierda y el segundo en el hombro derecho.

Se le atribuye el delito de Homicidio Calificado por el concurso pre-meditado de dos o más personas (tres hechos) uno en grado de consumado y dos en grado de tentativa en concurso real con Lesiones leves agravadas por uso de arma de fuego, con Portación ilegal de arma de fuego de guerra y Encubrimiento.

La Jueza de Primera Instancia Dra. Valeria Pedrana tuvo por formalizada la audiencia imputativa y dictó la prisión preventiva hasta el 28 de octubre de 2019 para M. L. donde se resolvera la medida cautelar y para A. B. la prisión preventiva efectiva por el plazo de ley.


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